Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2023-1766)
BOP-2023-1766 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera.
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Visto que constan en el expediente los informes de Secretaría sobre la legislación aplicable y el
procedimiento a seguir, así como el proyecto de modificación del Reglamento de Régimen
Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera.
En virtud de lo establecido en el artículo 22.2 d) y 49) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, el Pleno de la Corporación, mediante votación ordinaria, con 4
votos a favor de los miembros del Grupo Socialista y 1 abstención del miembro del Grupo
Popular, adopta por mayoría el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del artículo 19 de Reglamento de Régimen
Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera, quedando
dicho artículo redactado de la siguiente forma.
Artículo 19. Cuando alguna persona residente autónoma/dependiente grado I pase a situación
de dependiente grado II/III se buscará la solución más adecuada a su nueva situación, que
podrán consistir, entre otras medidas en:
Solicitar el ingreso en otro centro residencial adecuado con plaza disponible.
Si quedara plaza libre de persona residente dependiente grado II/III, ocupar ésta.
Cualquier otra solución que se considere oportuna.
En todo caso, la solución requerirá el informe favorable de la Comisión de Seguimiento y
Evaluación.
Igualmente, se buscará la solución más adecuada, si la persona residente dependiente grado
II/III pasa a situación autónoma/dependiente grado I.
SEGUNDO. Someter dicha modificación a los trámites de información pública y audiencia de
los interesados, establecidos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de
anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de 30 días, para que pueda examinarse el expediente
y presentarse reclamaciones o sugerencias que se estimen oportunas, que serán resueltas por
la Corporación.
De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará
aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
CVE:
BOP-2023-1766
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
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