Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera. (BOP-2023-1766)
BOP-2023-1766 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Talaveruela de la Vera
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen
Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera.
Mediante Acuerdo del Pleno de fecha 21 de diciembre de 2022 se aprobó inicialmente la
modificación del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día
de Talaveruela de la Vera.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo dicho Acuerdo, y de conformidad con el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el texto íntegro para su conocimiento general.
< de Mayores y Centro de Día de Talaveruela de la Vera.
Visto que por Acuerdo de Pleno de 13 de diciembre de 2021 se aprobó inicialmente el
Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores y Centro de Día de Talaveruela
de la Vera, quedando definitivamente aprobado el 8 de mazo de 2022 con la publicación del
texto íntegro en el BOP número 46; y los Anexos I y II el 7 de junio de 2022 con la publicación
del texto en el BOP número 107 de 7 de junio de 2022.
Visto que consta en el expediente que el texto se ha consultado al SEPAD de forma previa a su
presentación para la acreditación de las plazas e inscripción de la Residencia en los Registros
oficiales correspondientes.
Visto que consta en el expediente que esta administración recomienda la modificación del
artículo 19, suprimiendo el párrafo de “efectuar acuerdos con la familia para su atención”.
Visto que se justifica en la providencia de la Alcaldía que el Reglamento es una norma de
carácter organizativo, y que, además, la modificación propuesta no tiene impacto en la
actividad económica, no impone obligaciones relevantes a los destinatarios y regula un aspecto
parcial de la materia. Por lo que queda acreditado que pueden omitirse los trámites de consulta
pública y audiencia e información pública que establece el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 2
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-1766
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
Pág. 9051