Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1732)
BOP-2023-1732 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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— No dejar el lugar de venta en condiciones adecuadas de limpieza y salubridad a la
finalización de la jornada.
b) Infracciones graves:
— La reincidencia en infracciones leves. Se entenderá que existe reincidencia por
comisión en el término de un año de más de una infracción leve, cuando así haya sido
declarado por resolución firme.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa reguladora de los
productos objeto de comercio, así como el comercio de los no autorizados.
— La desobediencia o negativa a suministrar información a la autoridad municipal o a
su personal funcionario o agentes en el cumplimiento de su misión.
— El ejercicio de la actividad incumpliendo las condiciones establecidas en la
autorización municipal respecto al lugar autorizado, fecha, horario, ubicación y
estructura de los puestos.
— El ejercicio de la actividad por personas distintas a las previstas en la autorización
municipal.
— Incumplir la normativa en materia de sanidad alimentaria.
— No disponer de seguro de responsabilidad civil, en cuantía suficiente, que cubra los
posibles riesgos.
— Perturbación grave de la convivencia con las demás personas que ejerzan la venta
ambulante o que afecte directamente al ejercicio legítimo de sus derechos o actividades.
— Daños ocasionados intencionadamente en las instalaciones móviles situadas en la vía
pública.
c) Infracciones muy graves:
— La reincidencia en infracciones graves. Se entenderá que existe reincidencia por
comisión en el término de un año de más de una infracción grave, cuando así haya sido
declarado por resolución firme.
— Carecer de la autorización municipal correspondiente.
— La resistencia, coacción o amenaza a la autoridad municipal, personal funcionario y
agentes de la misma, en cumplimiento de su misión.
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cód.
Validación:
MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-1732
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
Pág. 8941
finalización de la jornada.
b) Infracciones graves:
— La reincidencia en infracciones leves. Se entenderá que existe reincidencia por
comisión en el término de un año de más de una infracción leve, cuando así haya sido
declarado por resolución firme.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa reguladora de los
productos objeto de comercio, así como el comercio de los no autorizados.
— La desobediencia o negativa a suministrar información a la autoridad municipal o a
su personal funcionario o agentes en el cumplimiento de su misión.
— El ejercicio de la actividad incumpliendo las condiciones establecidas en la
autorización municipal respecto al lugar autorizado, fecha, horario, ubicación y
estructura de los puestos.
— El ejercicio de la actividad por personas distintas a las previstas en la autorización
municipal.
— Incumplir la normativa en materia de sanidad alimentaria.
— No disponer de seguro de responsabilidad civil, en cuantía suficiente, que cubra los
posibles riesgos.
— Perturbación grave de la convivencia con las demás personas que ejerzan la venta
ambulante o que afecte directamente al ejercicio legítimo de sus derechos o actividades.
— Daños ocasionados intencionadamente en las instalaciones móviles situadas en la vía
pública.
c) Infracciones muy graves:
— La reincidencia en infracciones graves. Se entenderá que existe reincidencia por
comisión en el término de un año de más de una infracción grave, cuando así haya sido
declarado por resolución firme.
— Carecer de la autorización municipal correspondiente.
— La resistencia, coacción o amenaza a la autoridad municipal, personal funcionario y
agentes de la misma, en cumplimiento de su misión.
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
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