Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1732)
BOP-2023-1732 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante.
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— Número de personas dependientes económicamente de las personas solicitantes,
teniendo en cuenta que la puntuación contemplada en este apartado no debe ir en
detrimento de la profesionalización de las personas comerciantes, ya que eso supondría
un claro perjuicio para el colectivo de comerciantes ambulantes profesionales y para las
propias personas consumidoras y usuarias.
ARTÍCULO 17. Resolución
1. El plazo para resolver las solicitudes de autorización será de tres meses a contar desde
el día siguiente al término del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido el
plazo sin haberse notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender
desestimada su solicitud.
2. Las autorizaciones para el ejercicio del Comercio ambulante, serán concedidas por
acuerdo del órgano municipal competente.
3. Como resultado del procedimiento de concurrencia competitiva se creará una lista de
espera, a fin de cubrir las posibles vacantes que surjan hasta la nueva convocatoria.
TÍTULO IV. MODALIDADES DE COMERCIO AMBULANTE
CAPÍTULO I. Comercio en Mercadillos
ARTÍCULO 18. Ubicación
1. Se denomina mercadillo a la venta ambulante o no sedentaria, realizada en puestos
agrupados en un lugar fijo, previamente autorizado, de propiedad o titularidad pública,
sin perjuicio de que la gama de productos ofertados sea múltiple, de bienes cotidianos y
ocasionales, o especializada y limitada a un producto o gama de productos.
2. En los mercadillos, el Ayuntamiento puede reservar determinada zona o puestos a
instituciones o asociaciones sin ánimo de lucro, para la exposición de sus actividades y
productos.
Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
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MHJD5D37Y3P73ZSPRJRGS44NP
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electrónicamente
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Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
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