Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2023-1724)
BOP-2023-1724 Aprobación definitiva del Plan Estratégico de Subvenciones.
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LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEACENTENERA.
CAPÍTULO V. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN.
ARTÍCULO 10. EFECTOS DEL PLAN.
Fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración entre las
distintas Concejalías y los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Impulsar, promover y potenciar la participación de nuestro municipio en los distintos ámbitos de
gestión municipal de interés concurrente.
Todo ello a través de las líneas estratégicas de actuación que se recogen en el documento
anexo al presente, denominado “Anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.”
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 11. PLAZOS.
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente
convenio, o en el documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la
aprobación, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o, en casos
específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el
acuerdo que apruebe la concesión directa. Toda concesión de subvención queda supeditada al
cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad
presupuestaria y de la regla de gasto.
Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el presupuesto.
En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán
CVE:
BOP-2023-1724
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
Pág. 8875
CAPÍTULO V. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN.
ARTÍCULO 10. EFECTOS DEL PLAN.
Fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración entre las
distintas Concejalías y los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Impulsar, promover y potenciar la participación de nuestro municipio en los distintos ámbitos de
gestión municipal de interés concurrente.
Todo ello a través de las líneas estratégicas de actuación que se recogen en el documento
anexo al presente, denominado “Anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.”
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 11. PLAZOS.
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente
convenio, o en el documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la
aprobación, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones, o, en casos
específicos, de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el
acuerdo que apruebe la concesión directa. Toda concesión de subvención queda supeditada al
cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento del principio de estabilidad
presupuestaria y de la regla de gasto.
Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el presupuesto.
En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán
CVE:
BOP-2023-1724
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
Pág. 8875