Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-1723)
BOP-2023-1723 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter no tributario "Sala Velatorio".
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Artículo 8. Procedimiento de apremio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 128.4 del Reglamento de Servicios de las
Corporaciones Locales, aprobado por decreto de 17 de junio de 1955, la Corporación podrá
conceder al concesionario la utilización de la vía de apremio para la percepción de las
prestaciones económicas que adeuden los/as usuarios/as por razones del servicio.
Artículo 9. Infracciones y sanciones.
Las infracciones serán sancionadas de acuerdo con el reglamento del servicio.
Artículo 10. Régimen de recursos.
Los recursos contra la imposición de la prestación patrimonial de carácter público no tributario
regulada en la presente Ordenanza tendrán carácter potestativo, se interpondrán ante el
Ayuntamiento de Alcántara, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha
en que se practique la liquidación al/la usuario/a o beneficiario/a del servicio, salvo en caso de
declaración de incapacidad del mismo, en que se realizará a su tutor o representante legal la
comunicación de la liquidación correspondiente, y se tramitarán por el órgano competente del
área organizativa a que esté adscrito el servicio concedido.
Disposición final.
La presente Ordenanza entrará en vigor y será de aplicación a partir de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, entrando en vigor una vez
transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la mencionada norma; y se aplicará en tanto
no se acuerde su modificación o derogación.
Alcántara, 21 de marzo de 2023
Mónica Grados Caro
ALCALDESA
CVE:
BOP-2023-1723
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de marzo de 2023
N.º 0058
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