Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-1717)
BOP-2023-1717 Convocatoria de selección de personal.
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7.2.- Fase de Oposición:
Para superar la fase de oposición se deberá obtener como mínimo 7,5 puntos sobre la
puntuación máxima de esta fase (15 puntos).
La Fase de Oposición consistirá en la realización de una única prueba que se ajustará a las
siguientes precisiones:
Único ejercicio de carácter eliminatorio: consistirá en la realización de una prueba
con la máquina retro-excavadora, que servirá para que el Tribunal Calificador pueda valorar
los conocimientos, la capacidad, la destreza y la seguridad que muestren los participantes en
el manejo de la máquina.
La prueba se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para
superarla. El Tribunal Calificador determinará los criterios de puntuación de la prueba y los
comunicará a los participantes antes del comienzo de la misma.
7.3 Fase de Concurso:
Será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio y supondrá un 40% de
la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que
figuran a continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera.
A. Servicios Prestados: Máximo 7,50 puntos.
Siendo un proceso de estabilización de empleo, se considera mayoritariamente valorar entre
otros méritos de la fase de concurso, el tiempo de servicios prestados en la Administración
Local y la experiencia concreta en el puesto objeto de la convocatoria. Al respecto, indicar que
se fija una mayor valoración a los servicios prestados en esta Mancomunidad, con relación a
otras Administraciones, en base a la Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaría de
Estado de Función Pública sobre las Orientaciones par la puesta en marcha de los procesos
de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, y que sirve como guía a las diferentes
Administraciones Públicas en estos procesos, señalando la misma, respecto a la valoración
de los méritos profesionales, una diferenciación entre servicios prestados «en la categoría
profesional de la Administración a la que se desea acceder» y servicios prestados «en la
categoría profesional de otras Administraciones Públicas». Dicha diferenciación tiene también
su base en la STS de 24de junio de 2019, que en su fundamento jurídico cuarto, se pronuncia
en este sentido, y no cabe duda que la experiencia en este Ayuntamiento, en la misma
categoría profesional que la plaza que se convoca, implica un mayor conocimiento a nivel
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8811
7.2.- Fase de Oposición:
Para superar la fase de oposición se deberá obtener como mínimo 7,5 puntos sobre la
puntuación máxima de esta fase (15 puntos).
La Fase de Oposición consistirá en la realización de una única prueba que se ajustará a las
siguientes precisiones:
Único ejercicio de carácter eliminatorio: consistirá en la realización de una prueba
con la máquina retro-excavadora, que servirá para que el Tribunal Calificador pueda valorar
los conocimientos, la capacidad, la destreza y la seguridad que muestren los participantes en
el manejo de la máquina.
La prueba se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para
superarla. El Tribunal Calificador determinará los criterios de puntuación de la prueba y los
comunicará a los participantes antes del comienzo de la misma.
7.3 Fase de Concurso:
Será posterior a la Fase de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio y supondrá un 40% de
la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo, de acuerdo con los baremos que
figuran a continuación, que se aplicarán a los aspirantes del proceso selectivo.
Serán méritos puntuables a cada aspirante, los contraídos hasta el día de publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en
el proceso selectivo, y que consten relacionados en el apartado correspondiente de la
instancia así como la documentación acreditativa de los mismos de acuerdo con la base
Tercera.
A. Servicios Prestados: Máximo 7,50 puntos.
Siendo un proceso de estabilización de empleo, se considera mayoritariamente valorar entre
otros méritos de la fase de concurso, el tiempo de servicios prestados en la Administración
Local y la experiencia concreta en el puesto objeto de la convocatoria. Al respecto, indicar que
se fija una mayor valoración a los servicios prestados en esta Mancomunidad, con relación a
otras Administraciones, en base a la Resolución de 1 de abril de 2022 de la Secretaría de
Estado de Función Pública sobre las Orientaciones par la puesta en marcha de los procesos
de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, y que sirve como guía a las diferentes
Administraciones Públicas en estos procesos, señalando la misma, respecto a la valoración
de los méritos profesionales, una diferenciación entre servicios prestados «en la categoría
profesional de la Administración a la que se desea acceder» y servicios prestados «en la
categoría profesional de otras Administraciones Públicas». Dicha diferenciación tiene también
su base en la STS de 24de junio de 2019, que en su fundamento jurídico cuarto, se pronuncia
en este sentido, y no cabe duda que la experiencia en este Ayuntamiento, en la misma
categoría profesional que la plaza que se convoca, implica un mayor conocimiento a nivel
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
Pág. 8811