Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2023-1717)
BOP-2023-1717 Convocatoria de selección de personal.
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A.2. Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario
interino, contratado laboral temporal o indefinido no fijo, en plazas o puestos iguales o de
contenido funcional similar a la que se convoca y en las que se haya requerido para su
acceso el mismo nivel de titulación que el requerido en la que se convoca: 0,030 puntos por
mes completo.
A.3. Por servicios prestados en el Sector Privado, en plazas o puestos iguales o de
contenido funcional similar a la que se convoca: 0,025 puntos por mes completo.
Los servicios prestados en la Mancomunidad se certificarán de oficio por el órgano
administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al interesado/a. En el
certificado se especificará el puesto o puestos a los que corresponden dichos servicios
prestados.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera
prestados los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Denominación del Puesto de trabajo, y titulación requerida para el acceso al puesto.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
- Total de días de servicios prestados y régimen de jornada (completa, parcial).
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social como documento complementario de acreditación, sin que por
sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
Los servicios prestados en el Sector Privado se acreditarán mediante informe de vida laboral y
contratos de trabajo que correspondan a dichos servicios prestados. En caso de haberse
realizado estos servicios por cuenta propia, junto a la vida laboral se aportará documentación
que acredite que el participante ha realizado esos servicios; el Tribunal Calificador podrá
requerir a los participantes documentación complementaria para acreditar los servicios
realizados por cuenta propia, como puede ser el alta como trabajador autónomo, facturas de
compra de maquinaria, accesorios y repuestos, facturas correspondientes a trabajos realizados,
etc.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará el número
de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para hallar el número total
de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
CVE:
BOP-2023-1717
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
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