Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1695)
BOP-2023-1695 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvención para fomentar la creación de comunidades energéticas por municipios de hasta 5.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
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actividades y un plan de negocio que se acompañará junto con la solicitud correspondiente,
según documento normalizado.
Proyecto técnico que deberá realizarse de acuerdo con los modelos normalizados de
instrucciones generales de proyectos e instrucciones particulares para proyectos de energías
renovables.
El presupuesto debe contener al menos los siguientes capítulos:
- Instalación fotovoltaica.
- Seguridad y Salud
- Gestión de Residuos.
- Legalización Instalaciones.
Además, como establece la LCSP deberá incluirse Costes indirectos, Gastos Generales,
Beneficio Industrial e IVA.
Los honorarios de redacción de proyecto no pueden incluirse en el presupuesto de ejecución
de obra. Deberán incluirse en el documento de solicitud de la ayuda.
3. Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a su disposición
o existiese variación de datos con respecto a la última que conste en los archivos de la
Diputación.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos, para la
correcta cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica, tanto en la
ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que se deban
cumplimentar.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará,
en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes
códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por la entidad
solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la
persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del
correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera
llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante la exhibición del
documento o de la información original.
CVE:
BOP-2023-1695
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de marzo de 2023
N.º 0057
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