Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-1655)
BOP-2023-1655 Reglamento Interno Escuela Profesional "TajoSalor Emplea".
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resolución por la que se impone la sanción o desde que se quebrante el
cumplimiento de la misma, si hubiera comenzado.
Cancelación de faltas.
Las sanciones se podrán cancelar siempre que hubiera observado buena
conducta y previa solicitud por el afectado/a.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Las sanciones se darán a conocer por escrito excepto en los casos en que se
haya previsto que sean verbales. Se harán constar la fecha y los hechos concretos
que son motivos de sanción, comunicándose también a los/as representantes de
los/las trabajadores/as.
Corresponde al/la representante legal de la entidad promotora del proyecto
o persona en quien delegue la facultad de imponer las sanciones en los términos
estipulados en el presente acuerdo de Reglamento de Régimen Interno.
Faltas leves
Para la imposición de sanciones por faltas leves no será preceptiva la
instrucción de expediente sancionador, salvo el trámite de audiencia al/la
inculpado/a, así como la comunicación escrita motivada.
Faltas graves
La instrucción del expediente sancionador será iniciada por la Dirección, a
propuesta escrita del equipo técnico y docente o por propia iniciativa.
Exige la incoación de expediente, comunicándose a su inicio al/la
interesado/a, con audiencia para su defensa.
Faltas muy graves
Se seguirá el procedimiento descrito para las graves
ANEXO I
a) CONTRATO DE TRABAJO
El tipo de contrato es un Contrato de trabajo para la Formación y el
aprendizaje.
14
Cód.
Validación:
DFRW7T6MLXHTEY3RKLZ7FLTCM
Verificación:
https://tajosalor.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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14
de
19
CVE:
BOP-2023-1655
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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