Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-1655)
BOP-2023-1655 Reglamento Interno Escuela Profesional "TajoSalor Emplea".
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faltas al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
 Las establecidas en el artículo 41 del Convenio colectivo entre la
Mancomunidad Tajo Salor y sus trabajadores/as.
 En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido
inexcusable
2.- FALTAS GRAVES
 Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el período de tres
meses
 Dos faltas de asistencia sin causa justificada en el periodo de dos meses.
 El abandono del Centro de Trabajo sin permiso y sin causa que lo justifique.
 La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas
encomendadas.
 El incumplimiento de las órdenes impartidas por monitores y directivos en el
ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
 Gran falta de consideración con los compañeros, monitores y dirección, así
como a otros miembros de la Entidad Promotora.
 La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo
establecidas.
 La simulación de enfermedad o accidente.
 El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo y/o los
manifiestos síntomas de intoxicación, que repercutan negativamente en el/la
mismo/a.
 Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos inexactos y relevantes en
relación con la condición del integrante del proyecto.
 La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria,
herramientas o materiales.
 El abuso de autoridad entendido como la comisión por un/a superior de un
hecho arbitrario con infracción de un derecho del trabajador/a, del que se
derive perjuicio notorio para el mismo.
 La sustracción de bienes o cualquier clase de objeto propiedad del
proyecto o del personal integrante del mismo.
 La reincidencia en la comisión de faltas leves, más de dos dentro de un
mismo mes, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan
sido objeto de amonestación expresa.
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Cód.
Validación:
DFRW7T6MLXHTEY3RKLZ7FLTCM
Verificación:
https://tajosalor.sedelectronica.es/
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esPublico
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Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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