Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledollano. (BOP-2023-1648)
BOP-2023-1648 Aprobación definitiva Expediente y Estatutos agrupación sostenimiento en común del puesto de Secretaría - Intervención, Ayuntamientos de Robledollano y Fresnedoso de Ibor.
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- Ayuntamiento de Robledollano, 50%.
- Ayuntamiento de Fresnedoso de Ibor, 50%.
2. Cada Ayuntamiento consignará en su respectivo Presupuesto la parte de la carga que le
corresponda, que se pagará directamente por el mismo.
Artículo 7. Retribuciones.
1. Las retribuciones básicas del puesto de Secretaría Intervención serán las establecidas por la
legislación vigente, Ley de Presupuestos Generales del Estado para los/as funcionarios/as del
grupo A1/A2.
2. El complemento específico será el que la Junta Administrativa de la Agrupación determine
para cada municipio, debiendo incluirse en el mismo el complemento por agrupación
establecido en el artículo 8.1 del Real Decreto 861/1986, correspondiente a un 15% de la
cuantía del complemento de destino asignado al puesto, por cada uno de los Ayuntamientos
agrupados.
3. Cualquiera de las Entidades que integran la Agrupación podrá, separadamente, previo
cumplimiento de los requisitos legales, conceder en su grado máximo las gratificaciones o
retribuciones complementarias autorizadas o aquellas que en lo sucesivo puedan establecerse
en sustitución de las vigentes.
Artículo 8. Régimen de asistencia.
1. El/a Secretario/a-Interventor/a realizará la jornada de trabajo que señalen las disposiciones
vigentes en vigor, distribuyéndose entre las Entidades Locales agrupadas de la forma
siguiente:
- Ayuntamiento de Robledollano, martes y jueves.
- Ayuntamiento de Fresnedoso de Ibor, lunes y miércoles.
Los viernes, de forma alternativa, semanalmente, en uno y otro municipio.
Se exceptúa de este régimen aquellos casos de suma urgencia, a juicio del/a Secretario/a
Interventor/a, que exija la presencia de este/a funcionario/a en cualquiera de los municipios
agrupados, (conmutándose el día dentro de esa semana o en la siguiente).
2. No habrá preferencia alguna en el desempeño de las funciones correspondientes a cada uno
CVE:
BOP-2023-1648
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de marzo de 2023
N.º 0055
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