Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pedroso de Acim. (BOP-2023-1616)
BOP-2023-1616 Ordenanza Reguladora de Recolección de Hongos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pedroso de Acim
ANUNCIO. Ordenanza Reguladora de Recolección de Hongos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de Reguladora de la recolección de hongos en el Monte Público 110
"Dehesa Boyal de Pedroso de Acím", cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases del Régimen Local.
«ORDENANZA REGULADORA DE LA RECOLECCIÓN DE HONGOS EN EL MONTE DE
UTILIDAD PÚBLICA N.º 110 “DEHESA BOYAL DE PEDROSO DE ACÍM.”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El Ayuntamiento de Pedroso de Acím, provincia de Cáceres, cuenta entre su patrimonio con el
Monte de Utilidad Pública N.º 110 “Dehesa Boyal”, un terreno rico y variado que ofrece multitud
y cantidad de especies micológicas que atraen a la zona numerosos/as recolectores/as. En los
últimos años se ha detectado una mayor presión sobre este recurso que unido a las malas
prácticas desarrolladas por algunos/as recolectores/as puede llegar a poner en peligro la
sostenibilidad de este recurso natural.
Por esta razón, y teniendo en cuenta las características específicas de esta actividad en
nuestro término, se aprueba esta Ordenanza Fiscal y Reguladora de la recogida de setas para
el municipio de Pedroso de Acím, con la finalidad de establecer las medidas necesarias para
permitir que esta actividad continúe ejerciéndose de manera sostenible y sin que llegue a poner
en peligro las características bióticas de las zonas más propicias para la presencia de setas.
Esta actividad puede representar un ejemplo de aprovechamiento sostenible de los recursos y
un importante motor de desarrollo local para nuestro municipio.
En la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes se establece como aprovechamiento
forestal la recogida de hongos como uno de los aprovechamientos forestales susceptibles de
ser fomentado y ejercido en pleno derecho por el/a titular del monte como propietario/a de los
CVE:
BOP-2023-1616
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de marzo de 2023
N.º 0054
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