Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-1587)
BOP-2023-1587 Bases convocatoria para cobertura en propiedad, mediante el sistema de movilidad, de una plaza de Agente de la Policía Local.
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f) De seguir persistiendo el empate, se decidirá por quien mayor puntuación haya
obtenido en el apartado Condecoraciones.
g) De continuar el empate y se hubieran incluido en la convocatoria la valoración de
méritos específicos, se decidirá por quien mayor puntuación haya obtenido en dicho
apartado.
h) De persistir el empate éste se resolverá en favor de aquella persona que mayor
puntuación obtenga aplicando todos los criterios de valoración sin límite máximo de
puntos por cada criterio.
i) Por último y de persistir el empate, se dará preferencia a la persona del sexo con
menor presencia en el conjunto de la plantilla de la Policía Local en Extremadura,
cuando éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la totalidad.
Sexta. Aspirantes seleccionados, nombramiento y toma de posesión.
Terminado el proceso selectivo, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por
orden de puntuación final obtenida, y la hará púbica en el tablón de anuncios y página web
municipal.
De acuerdo con esta lista se elevará a la Alcaldía la propuesta de nombramiento, como
funcionario de carrera, a favor del aspirante que mayor puntuación haya obtenido.
El aspirante propuesto para su nombramiento estará obligado a presentar, dentro del plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista con el
resultado del proceso de selección, todos los documentos acreditativos de las condiciones
establecidas en estas bases, excepto aquellos documentos que ya hayan sido presentados
previamente.
Si dentro del plazo indicado no se presentase la documentación, o no se reunieran los
requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, el aspirante no podrá ser nombrado y
quedarían anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera
podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este
caso, por Resolución de la Alcaldía se efectuará el nombramiento a favor del siguiente
aspirante que haya obtenido una mayor puntuación.
Una vez acreditados los requisitos establecidos por la convocatoria, por Resolución de la
Alcaldía se nombrará a la persona seleccionada funcionario de carrera y percibirá, con cargo al
Ayuntamiento de Moraleja, las retribuciones que le correspondan, tras la toma de posesión.
CVE:
BOP-2023-1587
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de marzo de 2023
N.º 0053
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