Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2023-1562)
BOP-2023-1562 Aprobación definitiva de la Ordenanza de Administración Electrónica.
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norma que establezca los aspectos instrumentales asociados a la utilización de medios
electrónicos en esta Entidad Local.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de
las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
CAPÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 1. Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del uso de los medios electrónicos en el
Ayuntamiento de Torremocha con sujeción a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y al Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público
por medios electrónicos.
ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ordenanza será de aplicación al Ayuntamiento y a las entidades y organismos públicos
vinculados o dependientes de éste, y a los ciudadanos, personas jurídicas y entidades sin
personalidad en sus relaciones con la Administración municipal.
ARTÍCULO 3. Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos.
Este Ayuntamiento prestará la asistencia necesaria para facilitar el acceso de las personas
interesadas a los servicios electrónicos a través de los siguientes canales:
Presencial: a través de las oficinas de asistencia en materia de registro.
Sede electrónica y portal de Internet: como puntos de acceso electrónico de información
y acceso a servicios electrónicos.
https://torremocha.sedelectronica.es
Servicio de cita previa: La entidad incorpora como canal de asistencia un servicio de
gestión de citas previas, que permite realizar un servicio de atención al ciudadano
cumpliendo con el principio de eficacia, eficiencia y economía.
CVE:
BOP-2023-1562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de marzo de 2023
N.º 0052
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