Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-1526)
BOP-2023-1526 Bases para la selección de funcionario por concurso-oposición, para cubrir una plaza de Auxiliar administrativo/a para el Ayuntamiento de Alcuéscar.
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El Tribunal oirá a la persona interesada, y pedirá asesoramiento y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos y asociaciones competentes.
Si reúne la condición de discapacidad, deberá indicar tal circunstancia en la
instancia de solicitud de participación de la presente convocatoria, aportando copia de
un dictamen de un facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad correspondiente en el que se acreditarán de forma fehaciente las
deficiencias permanentes que han dado origen al grado reconocido, al objeto de
proceder a efectuar la adaptación de tiempo y medio necesarios para realizar las pruebas
pudiendo presentarse dicho documento bien de forma telemática junto con la solicitud
tramitada telemáticamente o bien presencialmente junto con la instancia de solicitud
tramitada de forma física.
La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
SEXTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión. El plazo de un mes para dictar
resolución podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y previa
resolución motivada.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la
relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e
improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en
la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://alcuescar.sedelectronica.es]
y, en su caso, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión], se señalará un plazo de
diez días hábiles para subsanación entendiéndose caducado este derecho por el
transcurso del plazo sin efectuar alegaciones.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o
a instancia del interesado en cualquier momento del proceso selectivo.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía resolverá las alegaciones y
reclamaciones formuladas y se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica
de este Ayuntamiento [dirección https://alcuescar.sedelectronica.es] y, en su caso, en el
CVE:
BOP-2023-1526
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
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