Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1523)
BOP-2023-1523 Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Operador/a de Sistemas. Concurso oposición por promoción interna.
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El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos
del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró
al Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin
de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de
incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan
a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el proceso
selectivo disponen de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados
en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera
mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
DÉCIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia, los aspirantes
propuestos aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional
de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
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BOP-2023-1523
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de marzo de 2023
N.º 0051
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del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró
al Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin
de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de
incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que sigan
a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el proceso
selectivo disponen de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados
en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios de carrera
mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
DÉCIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia, los aspirantes
propuestos aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la
Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional
de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
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