Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1479)
BOP-2023-1479 Convocatoria subvenciones ayudas a participantes en proyecto Juventas Forma (Emp-poej).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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12. PROCEDIMIENTO.
Se fundamenta el sistema de convocatoria abierta en régimen de concesión directa en que se
trata de ayudas destinadas a fomentar la creación e impulso de nuevas líneas de actividad en
aras a contener el despoblamiento de la provincia y en favor del desarrollo territorial de la
misma, así como promover la estabilidad en el empleo de la población joven, por lo que es
necesaria una mayor agilidad en el procedimiento y el pago de las ayudas, dada la imperiosa
necesidad, para las personas beneficiarias, de poder contar con estas ayudas a la mayor
celeridad.
Corresponde al Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la gestión de las ayudas destinadas a favorecer la
participación de las personas beneficiarias del Proyecto JUVENTAS FORMA en las acciones
formativas, a cuyos efectos, el equipo técnico, a modo de comisión de valoración, elaborará el
correspondiente informe de análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, con el visto
bueno de la Dirección del mismo, quedando esta autorizada para resolver cuantas dudas se
planteen en el proceso selectivo y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen
orden de la convocatoria.
En base a dicho informe, la concesión o denegación de las ayudas económicas a los/as
participantes previstas en las presentes bases se aprobará por Resolución Presidencial o por el
Diputado/a en quien delegue, con indicación expresa de las personas beneficiarias de las
mismas, importe y objeto, haciéndose público en la página web:
https://retodemografico.dip-caceres.es/juventas/juventas-forma/acciones-formativas-en-
proceso-de-seleccion-de-participantes/
estableciéndose un plazo de 48 horas para reclamaciones. Transcurrido este plazo y resueltas
las reclamaciones oportunas, se publicará el listado definitivo de becas concedidas y/o
denegadas y, siempre que sea posible, de forma agrupada.
Dicho acto agota la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición
ante el órgano que dictó la resolución, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13. ABONO DE LA AYUDA.
El importe íntegro de la ayuda económica a los/as participantes se abonará a la finalización de
CVE:
BOP-2023-1479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de marzo de 2023
N.º 0049
Pág. 7721
Se fundamenta el sistema de convocatoria abierta en régimen de concesión directa en que se
trata de ayudas destinadas a fomentar la creación e impulso de nuevas líneas de actividad en
aras a contener el despoblamiento de la provincia y en favor del desarrollo territorial de la
misma, así como promover la estabilidad en el empleo de la población joven, por lo que es
necesaria una mayor agilidad en el procedimiento y el pago de las ayudas, dada la imperiosa
necesidad, para las personas beneficiarias, de poder contar con estas ayudas a la mayor
celeridad.
Corresponde al Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la gestión de las ayudas destinadas a favorecer la
participación de las personas beneficiarias del Proyecto JUVENTAS FORMA en las acciones
formativas, a cuyos efectos, el equipo técnico, a modo de comisión de valoración, elaborará el
correspondiente informe de análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, con el visto
bueno de la Dirección del mismo, quedando esta autorizada para resolver cuantas dudas se
planteen en el proceso selectivo y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen
orden de la convocatoria.
En base a dicho informe, la concesión o denegación de las ayudas económicas a los/as
participantes previstas en las presentes bases se aprobará por Resolución Presidencial o por el
Diputado/a en quien delegue, con indicación expresa de las personas beneficiarias de las
mismas, importe y objeto, haciéndose público en la página web:
https://retodemografico.dip-caceres.es/juventas/juventas-forma/acciones-formativas-en-
proceso-de-seleccion-de-participantes/
estableciéndose un plazo de 48 horas para reclamaciones. Transcurrido este plazo y resueltas
las reclamaciones oportunas, se publicará el listado definitivo de becas concedidas y/o
denegadas y, siempre que sea posible, de forma agrupada.
Dicho acto agota la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición
ante el órgano que dictó la resolución, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
13. ABONO DE LA AYUDA.
El importe íntegro de la ayuda económica a los/as participantes se abonará a la finalización de
CVE:
BOP-2023-1479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de marzo de 2023
N.º 0049
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