Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Cumbre. (BOP-2023-1441)
BOP-2023-1441 Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1.
2.
3.
4.
1.
2.
3.
En el supuesto de que, concluido el período señalado, no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de
actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que, para ello, se cuente con
consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 2.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico los siguientes:
Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan
Estratégico de Subvenciones.
Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y
subvenciones del Ayuntamiento de La Cumbre, un conjunto de principios y bases de
ejecución comunes a los mismos.
Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión y
justificación de las subvenciones a tramitar por el Ayuntamiento de La Cumbre.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública de un determinado
departamento.
Y las medidas de control de las subvenciones, que permitan con su evaluación una
mejora de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se
consideren, por cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad
subvencional.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1
que: «Los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan
Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el
CVE:
BOP-2023-1441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
Pág. 7606
2.
3.
4.
1.
2.
3.
En el supuesto de que, concluido el período señalado, no se hubiese aprobado aún un nuevo
Plan Estratégico de Subvenciones, el presente se entenderá prorrogado en aquellas líneas de
actuación que se vayan a seguir realizando, siempre que, para ello, se cuente con
consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
ARTÍCULO 2.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico los siguientes:
Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan
Estratégico de Subvenciones.
Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y
subvenciones del Ayuntamiento de La Cumbre, un conjunto de principios y bases de
ejecución comunes a los mismos.
Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión y
justificación de las subvenciones a tramitar por el Ayuntamiento de La Cumbre.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública de un determinado
departamento.
Y las medidas de control de las subvenciones, que permitan con su evaluación una
mejora de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se
consideren, por cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad
subvencional.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1
que: «Los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan
Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el
CVE:
BOP-2023-1441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
Pág. 7606