Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarilla. (BOP-2023-1440)
BOP-2023-1440 Pliego de Cláusulas Administrativas particulares para contrato de gestión de servicios por procedimiento abierto
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a.
b.
c.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá
que el/a licitador/a ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del
presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo
en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma
documentación al/a licitador/a siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las
ofertas.
CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA. Garantía Definitiva.
El/a licitador/a que hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la
garantía de un 5% del precio final ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
En efectivo o en valores, que en todo caso serán de Deuda Pública, con sujeción, en
cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El
efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en
la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones
de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de
las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban
surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta
Ley establezcan, sin perjuicio de lo dispuesto para los contratos que se celebren en el
extranjero.
Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de
desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de
crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca
autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos
señalados en la letra a) anterior.
Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las
normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora
autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los
establecimientos señalados en la letra a) anterior.
Téngase en cuenta que se permite, cuando así se prevea en el pliego, que la garantía se
constituya mediante retención en el precio, fijando en este pliegol a forma y condiciones de la
retención.
CVE:
BOP-2023-1440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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