Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-1431)
BOP-2023-1431 EXTRACTO. Bases Reguladoras de la Convocatoria de Ayudas económicas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho de acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Copia compulsada de la sentencia o de las medias provisionales acordadas y del convenio
regulador.
En situación de parejas con cese de la relación y con hijos en común, deberá aportar:
-Copia compulsada de medidas paterno-filiares mediante convenio regulador o documento
notarial.
-Certificación o copia de los justificantes de retribuciones y/o nóminas de los tres meses
anteriores y del contrato de trabajo, en caso de trabajadores/as por cuenta ajena.
En caso de trabajadores/as por cuenta propia, se presentará copia compulsada de los modelos
130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales mediante estimación directa o estimación
objetiva, al que se hallaren acogidos.
-Certificado de incapacidad temporal abonada por Entidad Colaboradora o Mutua de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales donde conste el periodo e importe
reconocido.
Asimismo deben presentar original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa
las ayu-das concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior
y las emitidas en el año en curso, se deberá presentar:
- Original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
- Justificantes Bancarios del Abono de dichos recibos.
- Modelo de Alta de Terceros del Ayuntamiento de Alcuéscar tanto para las facturas de butano
como para el pago de las facturas ya pagadas de luz y agua que se presenten.
En el caso de Facturas de Gas butano, se deberá presentar:
- Facturas de Gas Butano originales, donde aparezca reflejado los datos identificativos del
solicitante y el domicilio del suministro.
- Justificante de abono de la Factura.
5. Expediente de Tramitación , Resolución del Procedimiento y plazos .
1.-Una vez recibida la Primera Solicitud, el Servicio Social de Atención Social Básica realizará
cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación del cumplimiento de los
requisitos. Si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá al/a interesado/a para
que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación que se
determine, quedando en suspenso el plazo máximo para resolver hasta que aporte la
documentación requerida y con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por
desistido/a de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente, que será dictada
CVE:
BOP-2023-1431
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
Pág. 7549
regulador.
En situación de parejas con cese de la relación y con hijos en común, deberá aportar:
-Copia compulsada de medidas paterno-filiares mediante convenio regulador o documento
notarial.
-Certificación o copia de los justificantes de retribuciones y/o nóminas de los tres meses
anteriores y del contrato de trabajo, en caso de trabajadores/as por cuenta ajena.
En caso de trabajadores/as por cuenta propia, se presentará copia compulsada de los modelos
130 o 131, según el sistema de pagos trimestrales mediante estimación directa o estimación
objetiva, al que se hallaren acogidos.
-Certificado de incapacidad temporal abonada por Entidad Colaboradora o Mutua de
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales donde conste el periodo e importe
reconocido.
Asimismo deben presentar original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa
las ayu-das concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior
y las emitidas en el año en curso, se deberá presentar:
- Original de recibos de luz, agua, y gas que se quieran solicitar.
- Justificantes Bancarios del Abono de dichos recibos.
- Modelo de Alta de Terceros del Ayuntamiento de Alcuéscar tanto para las facturas de butano
como para el pago de las facturas ya pagadas de luz y agua que se presenten.
En el caso de Facturas de Gas butano, se deberá presentar:
- Facturas de Gas Butano originales, donde aparezca reflejado los datos identificativos del
solicitante y el domicilio del suministro.
- Justificante de abono de la Factura.
5. Expediente de Tramitación , Resolución del Procedimiento y plazos .
1.-Una vez recibida la Primera Solicitud, el Servicio Social de Atención Social Básica realizará
cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación del cumplimiento de los
requisitos. Si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá al/a interesado/a para
que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación que se
determine, quedando en suspenso el plazo máximo para resolver hasta que aporte la
documentación requerida y con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por
desistido/a de su solicitud, previa resolución expresa del órgano competente, que será dictada
CVE:
BOP-2023-1431
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de marzo de 2023
N.º 0048
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