Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-1330)
BOP-2023-1330 Bases proceso selectivo para cubrir 1 plaza oficial de Policía Local (funcionario/a de carrera) por concurso-oposición por promoción interna. OEP 2022.
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5.10.- En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación al Tribunal
Calificador lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, supletoriamente, por
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que lo sustituyan.
SEXTA.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES.
6.1.- Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el
lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del tribunal
calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación de, al menos, quince días hábiles
a dicho comienzo.
6.2.- El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente se iniciará por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “P”,
resultante del último sorteo realizado el día 15 de febrero de 2022, por la Junta de Extremadura
(DOE nº 36 de 22 de febrero de 2022). Los aspirantes que serán convocados para cada
ejercicio, en llamamiento único, deberán ir provistos del documento nacional de identidad.
6.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir
provistos del DNI, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal
con absoluta libertad de criterios. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los
ejercicios en el momento de ser llamados determinará automáticamente el decaimiento de sus
derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del
procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que
hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté
debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes
afectados/as por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria
con perjuicio para el interés general o de terceros.
6.4.- Las personas aspirantes no podrán acudir a las pruebas selectivas con dispositivos de
telefonía móvil, tablets, relojes o pulseras electrónicas o cualquier otro sistema que permita la
emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados. Los miembros del Tribunal
podrán comprobar este extremo, en cualquier momento y quienes ante el incumplimiento de
esta previsión, darán cuenta a los demás miembros del Tribunal que podrán acordar, de
manera motivada, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2023-1330
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 7113
Calificador lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, supletoriamente, por
la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que lo sustituyan.
SEXTA.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES.
6.1.- Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el
lugar, fecha, y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del tribunal
calificador. Dicha publicación se efectuará con una antelación de, al menos, quince días hábiles
a dicho comienzo.
6.2.- El orden de actuación de los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente se iniciará por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “P”,
resultante del último sorteo realizado el día 15 de febrero de 2022, por la Junta de Extremadura
(DOE nº 36 de 22 de febrero de 2022). Los aspirantes que serán convocados para cada
ejercicio, en llamamiento único, deberán ir provistos del documento nacional de identidad.
6.3.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir
provistos del DNI, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada al Tribunal
con absoluta libertad de criterios. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los
ejercicios en el momento de ser llamados determinará automáticamente el decaimiento de sus
derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del
procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que
hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté
debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes
afectados/as por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba
correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria
con perjuicio para el interés general o de terceros.
6.4.- Las personas aspirantes no podrán acudir a las pruebas selectivas con dispositivos de
telefonía móvil, tablets, relojes o pulseras electrónicas o cualquier otro sistema que permita la
emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados. Los miembros del Tribunal
podrán comprobar este extremo, en cualquier momento y quienes ante el incumplimiento de
esta previsión, darán cuenta a los demás miembros del Tribunal que podrán acordar, de
manera motivada, la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
CVE:
BOP-2023-1330
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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