Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-1318)
BOP-2023-1318 Convocatoria Psicólogo/a especializado/a en Violencia de Género.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Se encuentra obligada a concurrir a este concurso la persona que está ocupando
la plaza de Psicólogo/a especializado/a en violencia de género, a fecha de esta
convocatoria. Su no participación determinará la imposibilidad de consolidar el
puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o compensación económica
(artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, por lo que se refiere al acceso al
empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5
de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
UE, de 7 de diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado
de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de
2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes.
Para participar en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir
las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación
de instancias:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de
la Unión Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de
los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la
cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de
derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de
dicha edad dependientes.
En este supuesto, los/as aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el
documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
Cód.
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TST4GX99XHRPCKLXH7R9MAYD7
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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en:
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Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
Pág. 6940
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Se encuentra obligada a concurrir a este concurso la persona que está ocupando
la plaza de Psicólogo/a especializado/a en violencia de género, a fecha de esta
convocatoria. Su no participación determinará la imposibilidad de consolidar el
puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o compensación económica
(artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, por lo que se refiere al acceso al
empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, la Directiva 2006/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5
de julio, de 2006, artículos 21 y 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la
UE, de 7 de diciembre de 2000, vinculante desde la entrada en vigor de Tratado
de Lisboa de 17 de diciembre de 2007, en vigor desde el 1 de diciembre de
2009, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido dela Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes.
Para participar en este proceso de selección, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario reunir
las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación
de instancias:
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de
la Unión Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de
los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la
cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados
Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de
derecho, y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de
dicha edad dependientes.
En este supuesto, los/as aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el
documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos
Cód.
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N.º 0045
Pág. 6940