Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1302)
BOP-2023-1302 Solicitud para el reconocimiento del Cambio de Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, en el ámbito de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Subgrupo que quede encuadrado como funcionario/a interino/a o laboral temporal durante el
tiempo de permanencia en el mismo y en caso de cese para regresar al puesto de trabajo del
que es titular u otra causa de cese será la Administración quien de oficio fijará al empleado en
el Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.
No se adjuntará la documentación que ya obre en el Área competente en materia de Personal y
Formación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para acreditar la condición de
personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino, personal indefinido o
personal laboral temporal de esta u otras Administraciones Públicas, el tiempo de ejercicio
profesional como tales y las acciones formativas recibidas y/o impartidas.
En aquellos supuestos en los que un/a empleado/a público/a al que se le haya reconocido un
determinado Nivel haya causado baja o alta a lo largo del ejercicio 2022, le corresponderá el
abono del complemento de carrera profesional en la parte proporcional al tiempo que haya
permanecido en activo durante el ejercicio 2022.
El personal que reúna los requisitos podrá solicitar el reconocimiento del cambio de Subgrupo
de la Carrera Profesional Horizontal, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
El Área competente en materia de Personal, una vez comprobado el mencionado
cumplimiento, procederá al reconocimiento del cambio de Subgrupo, de acuerdo con la
propuesta emitida previamente de la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional
Horizontal comunicándolo así al trabajador y a la Comisión correspondiente. No deben
presentarse solicitudes de los niveles que ya se tengan reconocidos.
SEGUNDO. -La presentación de solicitudes se realizará a través de la Sede Electrónica de la
Diputación de Cáceres, o en la forma establecida en el artículo 16, en concordancia con la
disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO. - Que la presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
CUARTO. - Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre se concederá un plazo de subsanación y mejora de la solicitud, de 10 días para que el
interesado subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si
así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución.
CVE:
BOP-2023-1302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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tiempo de permanencia en el mismo y en caso de cese para regresar al puesto de trabajo del
que es titular u otra causa de cese será la Administración quien de oficio fijará al empleado en
el Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.
No se adjuntará la documentación que ya obre en el Área competente en materia de Personal y
Formación de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para acreditar la condición de
personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino, personal indefinido o
personal laboral temporal de esta u otras Administraciones Públicas, el tiempo de ejercicio
profesional como tales y las acciones formativas recibidas y/o impartidas.
En aquellos supuestos en los que un/a empleado/a público/a al que se le haya reconocido un
determinado Nivel haya causado baja o alta a lo largo del ejercicio 2022, le corresponderá el
abono del complemento de carrera profesional en la parte proporcional al tiempo que haya
permanecido en activo durante el ejercicio 2022.
El personal que reúna los requisitos podrá solicitar el reconocimiento del cambio de Subgrupo
de la Carrera Profesional Horizontal, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.
El Área competente en materia de Personal, una vez comprobado el mencionado
cumplimiento, procederá al reconocimiento del cambio de Subgrupo, de acuerdo con la
propuesta emitida previamente de la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional
Horizontal comunicándolo así al trabajador y a la Comisión correspondiente. No deben
presentarse solicitudes de los niveles que ya se tengan reconocidos.
SEGUNDO. -La presentación de solicitudes se realizará a través de la Sede Electrónica de la
Diputación de Cáceres, o en la forma establecida en el artículo 16, en concordancia con la
disposición transitoria cuarta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
TERCERO. - Que la presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
CUARTO. - Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre se concederá un plazo de subsanación y mejora de la solicitud, de 10 días para que el
interesado subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si
así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución.
CVE:
BOP-2023-1302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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