Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1302)
BOP-2023-1302 Solicitud para el reconocimiento del Cambio de Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, en el ámbito de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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en el Subgrupo de citado puesto de trabajo que tuviese a fecha 31 de diciembre del año
correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.”
Considerando que el apartado cuarto del Acuerdo establece el procedimiento para acceder a
los distintos niveles de carrera profesional, y que de conformidad con la normativa expuesta el
sistema de carrera profesional horizontal tiene carácter voluntario, por tanto, corresponde a
cada empleado/a público/a decidir su incorporación.
Teniendo en cuenta el acuerdo de la Comisión de Valoración de la Carrera Profesional
adoptado en la reunión celebrada el 23 de Febrero de 2023, por el que se abriría un nuevo
plazo de presentación de solicitudes para el cambio de Subgrupo como consecuencia de la
nueva interpretación dada al apartado 3.3 del Acuerdo
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2022, así como aquellos que causen baja o alta a
lo largo del ejercicio 2022, visto el Informe de Propuesta de Resolución emitido por parte del
Director del Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I., que servirá de fundamento jurídico a la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta
Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
RESUELVE
PRIMERO. - Que se proceda a abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al
modelo específico que figura en la Sede Electrónica, para el reconocimiento del cambio de
Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación
de la Carrera Profesional Horizontal en los siguientes términos.
a) Los/as funcionarios/as de carrera y el personal laboral fijo, que hayan accedido a un
subgrupo de titulación superior por promoción interna o turno de ascenso solicitarán el
reconocimiento en el nivel que corresponda al subgrupo en el que se encuentren, teniendo
derecho a percibir en su totalidad la cuantía económica correspondiente a dicho nivel
reconocido.
b) Cuando un/a empleado/a público/a que tenga reconocido un determinado nivel de carrera
profesional, pasa a la situación de excedencia voluntaria por nombramiento provisional
continuará percibiendo el complemento retributivo de carrera profesional correspondiente al
nivel que tuviese reconocido como funcionario/a de carrera o personal laboral fijo en el
CVE:
BOP-2023-1302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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correspondiente y, mientras permanezca en esta situación (excedencia), le computará el
tiempo transcurrido en ella a los efectos de carrera administrativa como personal interino.”
Considerando que el apartado cuarto del Acuerdo establece el procedimiento para acceder a
los distintos niveles de carrera profesional, y que de conformidad con la normativa expuesta el
sistema de carrera profesional horizontal tiene carácter voluntario, por tanto, corresponde a
cada empleado/a público/a decidir su incorporación.
Teniendo en cuenta el acuerdo de la Comisión de Valoración de la Carrera Profesional
adoptado en la reunión celebrada el 23 de Febrero de 2023, por el que se abriría un nuevo
plazo de presentación de solicitudes para el cambio de Subgrupo como consecuencia de la
nueva interpretación dada al apartado 3.3 del Acuerdo
Por todo ello, y para posibilitar su extensión a los/as empleados/as públicos/as que hayan
cumplido los requisitos el 31 de diciembre de 2022, así como aquellos que causen baja o alta a
lo largo del ejercicio 2022, visto el Informe de Propuesta de Resolución emitido por parte del
Director del Área de Personal, Formación y S.E.P.E.I., que servirá de fundamento jurídico a la
presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta
Presidencia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
RESUELVE
PRIMERO. - Que se proceda a abrir el plazo de presentación de solicitudes, conforme al
modelo específico que figura en la Sede Electrónica, para el reconocimiento del cambio de
Subgrupo de la Carrera Profesional Horizontal, que llevará a cabo la Comisión de Evaluación
de la Carrera Profesional Horizontal en los siguientes términos.
a) Los/as funcionarios/as de carrera y el personal laboral fijo, que hayan accedido a un
subgrupo de titulación superior por promoción interna o turno de ascenso solicitarán el
reconocimiento en el nivel que corresponda al subgrupo en el que se encuentren, teniendo
derecho a percibir en su totalidad la cuantía económica correspondiente a dicho nivel
reconocido.
b) Cuando un/a empleado/a público/a que tenga reconocido un determinado nivel de carrera
profesional, pasa a la situación de excedencia voluntaria por nombramiento provisional
continuará percibiendo el complemento retributivo de carrera profesional correspondiente al
nivel que tuviese reconocido como funcionario/a de carrera o personal laboral fijo en el
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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