Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1300)
BOP-2023-1300 Convocatoria subvenciones ayudas a participantes en proyecto "ISLA IV".
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Diputación Provincial de Cáceres podrá requerir en todo momento la documentación original
y/o información complementaria que se considere necesaria para acreditar el exacto
cumplimiento de las condiciones exigidas en la convocatoria.
12. SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS.
Si las solicitudes de ayuda económica a los/as participantes no reúnen los requisitos exigidos
en las presentes bases, o no se acompañara la misma de la documentación exigida, de
conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá a los/as
interesados/as para que, en el plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por
desistidos/as de su petición, archivándose sin más trámites, con los efectos previstos en el
artículo 21.1 del mismo texto legal.
13. PROCEDIMIENTO.
Corresponde al Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y Turismo de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la gestión de las ayudas destinadas a favorecer la
participación de las personas beneficiarias del Proyecto ISLA IV en los itinerarios integrados de
inserción social y laboral del citado proyecto, a cuyos efectos, el equipo técnico, a modo de
comisión de valoración, elaborará el correspondiente informe de análisis y evaluación de las
solicitudes presentadas, con el visto bueno de la Dirección del mismo, quedando esta
autorizada para resolver cuantas dudas se planteen en el proceso selectivo y tomar los
acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.
En base a dicho informe, la concesión o denegación de las ayudas económicas a los/as
participantes previstas en las presentes bases se aprobará por Resolución Presidencial o por
el/a Diputado/a en quien delegue, con indicación expresa de las personas beneficiarias de las
mismas, importe y objeto, haciéndose público en la página web:
https://retodemografico.dip-caceres.es/isla-iv/territorios-acciones/
estableciéndose un plazo de 48 horas para reclamaciones. Transcurrido este plazo y resueltas
las reclamaciones oportunas, se publicará en la BDNS el listado definitivo de becas concedidas
y/o denegadas y, siempre que sea posible, de forma agrupada.
Dicho acto agota la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición
ante el órgano que dictó la resolución, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2023-1300
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de marzo de 2023
N.º 0045
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