Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-1190)
BOP-2023-1190 Bases de la convocatoria para la provisión de 1 plaza de Administrativo/a mediante el sistema de oposición libre.
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La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia de la titulación exigida
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, supondrá la exclusión del/la aspirante.
CUARTA. Admisión de aspirantes
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes presenten su
solicitud debidamente cumplimentada y registrada, según lo establecido en la base tercera,
acompañando la documentación requerida en la base segunda, referidos a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. El cumplimiento de estos requisitos
será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma
prevista en la Base Décima.
4.2 Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente de la
Corporación dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de los/las
aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en el plazo máximo de un mes. Este plazo podrá ser
prorrogado por una sola vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La resolución, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del
ayuntamiento, junto con la relación nominal de aspirantes excluidos y causas que han
motivado la exclusión.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos, que será de tres días.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo
4.3 Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de la solicitud, se publicará en el
BOP y en la sede electrónica de este ayuntamiento, una resolución elevando a definitiva la
lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/las excluidos/as que hayan subsanado
errores u omisiones, en el plazo máximo de un mes. En dicha resolución se determinará el
lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición.
4.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán
alfabéticamente atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia
Española.
QUINTA. Tribunales de selección
5.1 Los tribunales calificadores encargados de la selección tendrán la categoría establecida
en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma
que se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la
Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se
indican y sus correspondientes suplentes:
Cód.
Validación:
5MMG5KLCL3KE3FJ9QG6CWFTJC
Verificación:
https://cedillo.sedelectronica.es/
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electrónicamente
desde
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Jueves, 2 de marzo de 2023
N.º 0042
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