Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villamiel. (BOP-2023-1075)
BOP-2023-1075 Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
ANUNCIO. Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre incremento de valor
de terrenos de naturaleza urbana.
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal.
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 15, en concordancia con el artículo 59.2, ambos del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, elaborada con
arreglo a las normas generales del impuesto contempladas en los artículos 104 a 110 del
citado Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana será de aplicación a todo el término municipal.
ARTÍCULO 3. Naturaleza tributaria.
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo
directo, de exacción potestativa en las administraciones locales y que no tiene carácter
periódico.
ARTÍCULO 4. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de este impuesto, el incremento de valor que experimenten
los terrenos que deban tener la consideración de urbanos, a efectos del Impuesto de Bienes
Inmuebles.
CVE:
BOP-2023-1075
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de febrero de 2023
N.º 0038
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