Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villamiel. (BOP-2023-1045)
BOP-2023-1045 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentación Administrativa.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
Expedición de Documentación Administrativa.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Imposición y
ordenación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentación
Administrativa, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, el cual se transcribe del siguiente tenor literal:
«Que en sesión extraordinaria del Pleno de fecha 13 de diciembre de 2022, con la asistencia
de los siguientes miembros de la corporación; Dña. Alba Baile González, como Alcaldesa, Dña.
Beatriz Martín Povedano, Dña. Azucena García Matas, Dña. Sheila Domínguez Ladero y D.
Ignacio Molina Santos, como concejales de la misma, entre otros, se adoptó por mayoría
absoluta de los miembros de la corporación, el siguiente ACUERDO:
“PRIMERO.- Aprobar inicialmente la imposición de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa
por expedición de documentación administrativa para el municipio de Villamiel, y la Ordenanza
fiscal reguladora de la misma con la redacción que se recoge en el documento que se adjunta
SEGUNDO.- Someter el presente acuerdo de aprobación de Ordenanza municipal a
información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días hábiles para que
puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del
Ayuntamiento en su sede electrónica en la dirección,
https://villamiel.sedelectronica.es
en el apartado correspondiente al Portal de Transparencia, con el objeto de dar audiencia a los
ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras
personas o entidades.
CVE:
BOP-2023-1045
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
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