Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-1036)
BOP-2023-1036 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Gestor/a Administrativo/a mediante concurso-oposición, por el turno libre, vacante en la plantilla de funcionarios/as del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres, en el marco de la oferta ordinaria de empleo público para el ejercicio 2022.
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Por cada tres preguntas no contestadas, es decir, que figuren las tres opciones de
respuesta en blanco o con más de una opción de respuesta contestada, se aplicará
una penalización de: - 0,20 puntos.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de
Selección la relación de los aspirantes que han superado el mismo, disponiendo los
interesados de un plazo de diez días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho
Tribunal.
b) Segundo ejercicio: Realizarán el segundo ejercicio, únicamente aquellos aspirantes
que hayan superado, con carácter definitivo, el primero, con, al menos, 5 puntos.
Este segundo ejercicio consistirá en la contestación de diez preguntas cortas
formuladas sobre varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal,
relacionados, en todo caso, con las funciones a desempeñar y de conformidad con
las materias contenidas en el Anexo II de estas bases.
Cada pregunta correctamente contestada se calificará con 0,50 puntos. Este segundo
ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener una puntuación
mínima de 2,50 para superarlo.
La duración del ejercicio será la fijada por el Tribunal antes del inicio de la prueba,
no pudiendo superar el máximo de noventa minutos.
Para la realización de este ejercicio no se podrán consultar textos legales.
El Tribunal fijará los criterios de calificación antes del inicio de la prueba.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de
Selección, la relación de los aspirantes que han superado el mismo, disponiendo los
interesados de un plazo de diez días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho
Tribunal.
6.2.- Fase de concurso: Máximo 10 puntos. (40% del proceso selectivo)
De conformidad con el artículo 61.3 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público, la fase de concurso de valoración de méritos, en ningún caso, por sí misma podrá
determinar el resultado del proceso selectivo.
Esta fase será aplicable a quiénes hayan superado todos los ejercicios de la fase de
oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de
oposición que precede siempre al concurso.
Consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos
profesionales y académicos alegados y debidamente acreditados por el personal aspirante,
en los términos que a continuación se relacionan.
El máximo de puntuación a obtener en el siguiente baremo, será de 10 puntos, distribuidos
en máximo 6 para Méritos profesionales y máximo 4 para Méritos académicos, de la
siguiente forma:
6.2.1- Méritos profesionales: (máximo 6 puntos)
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 6 puntos.
Cód.
Validación:
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Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
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