Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-1029)
BOP-2023-1029 Convocatoria Auxiliares de Ayuda a Domicilio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las
horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración,
siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración. No se
valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a aspirante
cualquier documentación complementaria y de contar con asesores externos para resolver las
dudas que puedan surgir.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas: 15 puntos máximo.
●Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen número de
horas se valorarán con 0,60 puntos.
●Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Por impartir cursos o actividades formativas: 3 puntos máximo.
● Actividades formativas impartidas de menos de 10 horas y las que no especifiquen número de
horas se valorarán con 0,60 puntos.
●Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
impartidos por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación que
exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en la que se
acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni las
tutorías.
b.2) Titulación: Máximo 3 puntos.
Subgrupo C2:
● Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 3 puntos.
● No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
● A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT).
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de
Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios
del Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas
convocadas.
b.3) Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 3 puntos.
Cód.
Validación:
67SY94T446HK5G7SZ73DPNWET
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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15
CVE:
BOP-2023-1029
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
Pág. 5810
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en días, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se
acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren tanto las
horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración,
siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más horas de duración. No se
valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, las prácticas,
colaboraciones o tutorías.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a aspirante
cualquier documentación complementaria y de contar con asesores externos para resolver las
dudas que puedan surgir.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas: 15 puntos máximo.
●Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen número de
horas se valorarán con 0,60 puntos.
●Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Por impartir cursos o actividades formativas: 3 puntos máximo.
● Actividades formativas impartidas de menos de 10 horas y las que no especifiquen número de
horas se valorarán con 0,60 puntos.
●Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades formativas
impartidos por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación que
exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en la que se
acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni las
tutorías.
b.2) Titulación: Máximo 3 puntos.
Subgrupo C2:
● Por estar en posesión de titulación superior a la exigida para el ingreso: 3 puntos.
● No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
● A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio
que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de
Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT).
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de
Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios
del Ministerio que ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas
convocadas.
b.3) Conocimiento de idiomas comunitarios: Máximo 3 puntos.
Cód.
Validación:
67SY94T446HK5G7SZ73DPNWET
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Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
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Jueves, 23 de febrero de 2023
N.º 0037
Pág. 5810