Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2023-992)
BOP-2023-992 Anulación y Nuevas Bases Selección Trabajador/a Social del SSB.
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1.3. Funciones.
Las funciones a desempeñar se enmarcan dentro de los Servicios Sociales de la
Mancomunidad de Municipios del Valle del Jerte, las establecidas en la Ley 14/2015 del 9 abril
de Servicios sociales de Extremadura, así como, las previstas en el marco del convenio de
colaboración firmado entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de
Extremadura y la Mancomunidad de Municipios del Valle del Jerte, para prestación de
información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención social Básica.
La plaza comprende, así mismo, las tareas que, en línea con las descritas o similares a ellas,
sean precisas para la buena marcha del servicio, todo ello bajo la dependencia, dirección y
control de la Presidencia de la Mancomunidad.
El ámbito territorial donde prestará servicios, quedará conformado por el conjunto de términos
municipales, que, según los estatutos, forman parte de la Mancomunidad Integral de Municipios
Valle del Jerte. El servicio se realizará en la Sede administrativa de la Mancomunidad, sita en
Paraje Virgen de Peñas Albas s/n de Cabezuela del Valle, con desplazamiento al resto de
localidades que integran la Mancomunidad por necesidades del servicio.
1.4. Normativa de la convocatoria.
La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, a la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora
de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de medidas de la reforma de la función pública (En todo lo que no esté
derogado por el TREBEP); Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a público/a; Decreto 201/1.995
de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; RD 364/1.995 de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de la Administración del Estado; Ley 13/2015, de
8 de abril, de la Función Pública de Extremadura; R.D. 896/ 1.991 de 7 de junio, por el que se
establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento
de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de
los/as Trabajadores/as; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
servicio de las Administraciones Públicas; Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el
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BOP-2023-992
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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