Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2023-989)
BOP-2023-989 Convocatoria bolsa de empleo temporal de Arquitectos/as.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
BASES CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE
ARQUITECTOS/AS
PRIMERA. OBJETO
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo Temporal
para la cobertura de las necesidades de contrataciones temporales o nombramientos de
funcionarios interinos por el procedimiento de concurso-oposición de puestos de Arquitectos/as,
según necesidades del servicio, conforme a lo establecido en el Art. 10.1 apartados c) y d) del
Estatuto del Empleado Público.
1.2. El proceso selectivo tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva
comunitaria de 9 de febrero de 1976.
.
1.3. Estos puestos tienen asignadas las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A1 y
retribuciones complementarias previstas en la Relación de Puestos de Trabajo.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales:
a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no
estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad
dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
c) Estar en posesión del título de Arquitecto o de los estudios de Grado correspondientes más
master que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto, verificados por el
Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto
1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales, teniendo presente lo previsto en la normativa vigente. o Titulaciones con
competencias equivalentes para lo que será obligatorio presentar el Suplemento Europeo al
Título conforme al R.D. 22/2015 de enero.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) Permiso de conducir clase B.
e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
g) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido
separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público
Cód.
Validación:
AHDCG3Q4LMGJMG36SD3NMYHKP
|
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
22
CVE:
BOP-2023-989
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5515