Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baños de Montemayor. (BOP-2023-980)
BOP-2023-980 Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida en Extremadura y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública.
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Expediente n.º: 351/2020
Procedimiento: ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA EN EXTREMADURA Y DE LA
CREACIÓN Y RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA VÍA PÚBLICA PARA LOS VEHÍCULOS DE LAS
PERSONAS TITULARES DE LA TARJETA.
ANEXO
«ORDENANZA REGULADORA DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO
DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE
PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA EN EXTREMADURA Y DE LA
CREACIÓN Y RESERVA DE PLAZAS DE APARCAMIENTO EN LA VÍA
PÚBLICA PARA LOS VEHÍCULOS DE LAS PERSONAS TITULARES DE LA
TARJETA
PREÁMBULO
Constituye un deber de los poderes públicos garantizar el máximo bienestar posible a los ciudadanos,
facilitando su participación en la vida política, económica, cultural y social. La Constitución española
regula en su artículo 49 la atención a las personas con discapacidad desde el punto de vista del principio de
igualdad y de la prohibición de discriminación consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto
constitucional.
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos actuarán, entre otros, según
los principios de accesibilidad y transversalidad en sus políticas en materia de discapacidad, tal y como
queda plasmado en el artículo 1 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con
Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus principios los de vida independiente y accesibilidad
universal.
En el ámbito europeo, la Recomendación (98/376/CE) del Consejo de la Unión Europea, de 4 de junio de
1998, adaptada por la Recomendación (2008/2005/CE), sobre la creación de una tarjeta de
estacionamiento para personas con discapacidad, abogaba por el reconocimiento mutuo por los Estados
miembros de un modelo comunitario uniforme de tarjeta de estacionamiento para personas con
discapacidad, de manera que pudieran disfrutar en todo el territorio comunitario de las facilidades a que
da derecho la misma con arreglo a las normas nacionales vigentes del país en que se encuentren.
El Texto refundido de la Ley de Tráfico, aprobado por Real Decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en
su artículo 7 otorga a los municipios la competencia para La regulación mediante ordenanza municipal de
circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los
aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de
las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la
rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con
discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer
su integración social.
El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y
uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, tiene por objeto el establecimiento
de unas condiciones básicas que garanticen la igualdad en todo el territorio para la utilización de la tarjeta
de estacionamiento, con una regulación que garantice la seguridad jurídica de cualquier ciudadano con
discapacidad que presenta movilidad reducida, y que se desplace por cualquier lugar del territorio
Cód.
Validación:
97NSK6TEZ62WA4JQKMARW9GCD
|
Verificación:
https://banosdemontemayor.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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