Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-978)
BOP-2023-978 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Ladrillar.
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
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2. Los Estatutos están adecuados a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que establece con carácter básico el nuevo
régimen jurídico de los Consorcios y a la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de
la Autonomía municipal de Extremadura.
ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES
“MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
CAPÍTULO I: NATURALEZA Y OBJETO
Artículo 1. Constitución.
De conformidad con lo previsto en la legislación vigente, se crea el consorcio de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres para la gestión de servicios de carácter
medioambiental, “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES”, letras
(C), así como los servicios esenciales enumerados en el artículo 26.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El consorcio está constituido por la Diputación Provincial de Cáceres y los
municipios, entidades locales menores o mancomunidades que se han adherido al
mismo y que son los relacionados en el anexo I de los presentes estatutos.
Artículo 2. Naturaleza.
El consorcio regulado en estos estatutos, tiene la consideración de entidad de
derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, patrimonio propio,
administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica de derecho público y de
derecho privado como requiera la realización de sus fines.
El consorcio tendrá atribuida potestad tributaria y no tributaria, como
consecuencia de las atribuciones necesarias para el desarrollo de las actividades
encomendadas por sus miembros integrantes, residiendo la legitimidad del
ejercicio de dichas potestades en los órganos de gobierno correspondientes, como
representación de los miembros consorciados.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5405
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2. Los Estatutos están adecuados a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que establece con carácter básico el nuevo
régimen jurídico de los Consorcios y a la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de
la Autonomía municipal de Extremadura.
ESTATUTOS DEL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS
MEDIOAMBIENTALES
“MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
CAPÍTULO I: NATURALEZA Y OBJETO
Artículo 1. Constitución.
De conformidad con lo previsto en la legislación vigente, se crea el consorcio de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres para la gestión de servicios de carácter
medioambiental, “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES”, letras
(C), así como los servicios esenciales enumerados en el artículo 26.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El consorcio está constituido por la Diputación Provincial de Cáceres y los
municipios, entidades locales menores o mancomunidades que se han adherido al
mismo y que son los relacionados en el anexo I de los presentes estatutos.
Artículo 2. Naturaleza.
El consorcio regulado en estos estatutos, tiene la consideración de entidad de
derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, patrimonio propio,
administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica de derecho público y de
derecho privado como requiera la realización de sus fines.
El consorcio tendrá atribuida potestad tributaria y no tributaria, como
consecuencia de las atribuciones necesarias para el desarrollo de las actividades
encomendadas por sus miembros integrantes, residiendo la legitimidad del
ejercicio de dichas potestades en los órganos de gobierno correspondientes, como
representación de los miembros consorciados.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5405