Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-978)
BOP-2023-978 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Ladrillar.
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
12
g) El secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
h) El responsable del control interno del consorcio.
i) Podrán asistir a las sesiones con cometidos exclusivos de asesoramiento los
técnicos que el Presidente o Vicepresidente considere oportuno.
2.- Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas de
régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los que
dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no
atribuidas por los presentes estatutos al Vicepresidente.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los
presentes estatutos al Vicepresidente.
) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el
consorcio, en concepto de dueño.
j) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de
precios públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como
cualquier otra Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
a)Acordar la incorporación de nuevas entidades y la aprobación de las bases o
condiciones que han de regir su actuación y del convenio correspondiente, dándose
cuenta en la primera sesión que se celebre.
k) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Pleno de la
entidad local.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5412
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g) El secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
h) El responsable del control interno del consorcio.
i) Podrán asistir a las sesiones con cometidos exclusivos de asesoramiento los
técnicos que el Presidente o Vicepresidente considere oportuno.
2.- Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas de
régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los que
dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no
atribuidas por los presentes estatutos al Vicepresidente.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los
presentes estatutos al Vicepresidente.
) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el
consorcio, en concepto de dueño.
j) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de
precios públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como
cualquier otra Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
a)Acordar la incorporación de nuevas entidades y la aprobación de las bases o
condiciones que han de regir su actuación y del convenio correspondiente, dándose
cuenta en la primera sesión que se celebre.
k) La aprobación de los gastos plurianuales que el TRLRHL atribuye al Pleno de la
entidad local.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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