Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-978)
BOP-2023-978 Convenio de Adhesión Ayuntamiento de Ladrillar.
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Convenio Interadministrativo de adhesión al Consorcio “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS DE CÁCERES”
11
e) Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones, ordenar los pagos
necesarios, dentro del importe de los créditos autorizados en los presupuestos
correspondientes y sus bases de ejecución, la realización de cualquier operación de
ingreso o de naturaleza no presupuestaria, así como la aprobación de expedientes
de reconocimiento extrajudicial de créditos.
f) El desarrollo de la gestión económica en general, de acuerdo con el presupuesto
aprobado.
g) La aprobación de las liquidaciones de ingreso sean las que fueren.
h) Ejecutar cuantas funciones le hubieran sido conferidas o delegadas
expresamente, con carácter temporal o permanente por la Junta General o el
Presidente.
i) Las funciones que pudiera delegarle el Consejo de Administración.
Artículo 13. El Consejo de Administración.
El Consejo de Administración es el órgano colegiado de carácter ejecutivo de
gobierno y administración, que dirige el consorcio y establece las directrices de
actuación del mismo, de conformidad con la voluntad común de las entidades
consorciadas.
1.- La composición del Consejo de Administración estará conformada por:
a) El presidente.
b) Seis diputados/as provinciales, designados por la Presidencia de la Diputación
de Cáceres, con arreglo a criterios de representación política proporcional. Uno/a
de ellos ostentará la Vicepresidencia del Consorcio, por designación del Presidente.
c) Un representante de los municipios consorciados con población inferior a cinco
mil habitantes, designado por la Junta General.
d) Un representante de los municipios consorciados con población igual o superior
a cinco mil habitantes, designado por la Junta General.
e) Dos representantes de los municipios consorciados con población igual o
inferior a mil habitantes, designados por la Junta General.
f) Un representante de las mancomunidades consorciadas, designado por la Junta
General.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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e) Autorizar y disponer gastos, reconocer obligaciones, ordenar los pagos
necesarios, dentro del importe de los créditos autorizados en los presupuestos
correspondientes y sus bases de ejecución, la realización de cualquier operación de
ingreso o de naturaleza no presupuestaria, así como la aprobación de expedientes
de reconocimiento extrajudicial de créditos.
f) El desarrollo de la gestión económica en general, de acuerdo con el presupuesto
aprobado.
g) La aprobación de las liquidaciones de ingreso sean las que fueren.
h) Ejecutar cuantas funciones le hubieran sido conferidas o delegadas
expresamente, con carácter temporal o permanente por la Junta General o el
Presidente.
i) Las funciones que pudiera delegarle el Consejo de Administración.
Artículo 13. El Consejo de Administración.
El Consejo de Administración es el órgano colegiado de carácter ejecutivo de
gobierno y administración, que dirige el consorcio y establece las directrices de
actuación del mismo, de conformidad con la voluntad común de las entidades
consorciadas.
1.- La composición del Consejo de Administración estará conformada por:
a) El presidente.
b) Seis diputados/as provinciales, designados por la Presidencia de la Diputación
de Cáceres, con arreglo a criterios de representación política proporcional. Uno/a
de ellos ostentará la Vicepresidencia del Consorcio, por designación del Presidente.
c) Un representante de los municipios consorciados con población inferior a cinco
mil habitantes, designado por la Junta General.
d) Un representante de los municipios consorciados con población igual o superior
a cinco mil habitantes, designado por la Junta General.
e) Dos representantes de los municipios consorciados con población igual o
inferior a mil habitantes, designados por la Junta General.
f) Un representante de las mancomunidades consorciadas, designado por la Junta
General.
CVE:
BOP-2023-978
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5411