Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-975)
BOP-2023-975 Encomienda de Gestión RSU Villa del Rey.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto que el AYUNTAMIENTO no pueda hacer frente a la totali-
dad de la contraprestación o la totalidad de gastos originados por los trabajos
y servicios realizados por el Consorcio “MÁSMEDIO” para atender la encomien-
da de gestión, el AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recau-
dación y Gestión Tributaria, para la compensación de la deuda a favor del
Consorcio “MÁSMEDIO”, a través de otros ingresos que tuviere reconocido la
Entidad Local, y a utilizar cuantos procedimientos legales sean precisos, para
garantizar los ingresos del Consorcio “MÁSMEDIO”. En este caso, el AYUNTA-
MIENTO no percibirá subvenciones u otros ingresos que el Consorcio “MÁSME-
DIO” pueda obtener en la gestión del Servicio.
Para la prestación del servicio por parte del Consorcio “MÁSMEDIO” se
pondrán a disposición como mínimo los siguientes recursos humanos, con el
coste aproximado que se refleja en el siguiente cuadro:
DENOMINACIÓN PUESTO Coste R.P.T. Coste S.S.
aprox.
Importe
T.
Gastos Imputado
JEFE DE SERVICIO 33.689,88 12.465,25 46.155,13 3.844,87 5.000
ADMINISTRACIÓN 26.024,13 9.628,93 35.653,06 0 6.000
GESTIÓN DIPUTACIÓN sin desglosar 10.000
SECRETARÍA-
INTERVENCIÓN
sin desglosar 10.000
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y
régimen de compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación,
inspección y recaudación de la contraprestación que deberá abonar el
AYUNTAMIENTO, que tendrá naturaleza de ingreso de derecho público. Los
ejercicios de estas facultades serán delegadas en el Organismo Autónomo de
Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a
la compensación al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se
pudiera derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en
voluntaria haya vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la
Administración General del Estado incluyendo la participación municipal en
CVE:
BOP-2023-975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5358
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En el supuesto que el AYUNTAMIENTO no pueda hacer frente a la totali-
dad de la contraprestación o la totalidad de gastos originados por los trabajos
y servicios realizados por el Consorcio “MÁSMEDIO” para atender la encomien-
da de gestión, el AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recau-
dación y Gestión Tributaria, para la compensación de la deuda a favor del
Consorcio “MÁSMEDIO”, a través de otros ingresos que tuviere reconocido la
Entidad Local, y a utilizar cuantos procedimientos legales sean precisos, para
garantizar los ingresos del Consorcio “MÁSMEDIO”. En este caso, el AYUNTA-
MIENTO no percibirá subvenciones u otros ingresos que el Consorcio “MÁSME-
DIO” pueda obtener en la gestión del Servicio.
Para la prestación del servicio por parte del Consorcio “MÁSMEDIO” se
pondrán a disposición como mínimo los siguientes recursos humanos, con el
coste aproximado que se refleja en el siguiente cuadro:
DENOMINACIÓN PUESTO Coste R.P.T. Coste S.S.
aprox.
Importe
T.
Gastos Imputado
JEFE DE SERVICIO 33.689,88 12.465,25 46.155,13 3.844,87 5.000
ADMINISTRACIÓN 26.024,13 9.628,93 35.653,06 0 6.000
GESTIÓN DIPUTACIÓN sin desglosar 10.000
SECRETARÍA-
INTERVENCIÓN
sin desglosar 10.000
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y
régimen de compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación,
inspección y recaudación de la contraprestación que deberá abonar el
AYUNTAMIENTO, que tendrá naturaleza de ingreso de derecho público. Los
ejercicios de estas facultades serán delegadas en el Organismo Autónomo de
Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a
la compensación al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se
pudiera derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en
voluntaria haya vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la
Administración General del Estado incluyendo la participación municipal en
CVE:
BOP-2023-975
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5358