Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-974)
BOP-2023-974 Encomienda de Gestión RSU Segura de Toro.
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c) Proporcionar, como titular del servicio, los padrones de abonados que
se requieran para la adecuada configuración de los padrones
correspondientes. La cesión del Padrón de Abonados, a efectos de
proceder a la gestión del servicio, no habilita al Consorcio “MÁSMEDIO”
para el uso de dichos datos con fines distintos a los previstos.
d) Proporcionar cuantos documentos contribuyan a establecer o mejorar
la prestación del servicio, así como la abstención de las autorizaciones
y permisos necesarios ante los organismos competente.
e) Facilitar a los servicios técnicos del Consorcio “MÁSMEDIO”, los Planes
de Ordenación Urbana, Normas Subsidiarias, y cualquier otro
instrumento de planeamiento urbanístico, por la incidencia que
pudieran la capacidad de prestación del servicio.
f) Comunicar al Consorcio “MÁSMEDIO” la adopción de cualquier decisión
municipal con trascendencia sobre el presente Convenio y prestar la
protección adecuada y las ayudas que sean requeridas para la mayor
agilidad y eficacia del servicio, poniendo a disposición la Policía Local,
si ello fuese preciso.
g) A efectos de la legitimación de datos contemplada en la Ley Orgánica
3/2018 de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los
derechos digitales, será el AYUNTAMIENTO el encargo de recabar el
consentimiento de los usuarios.
OCTAVA. - Régimen económico-financiero de la encomienda de
gestión.
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio “MÁSMEDIO”, como Entidad local
supramunicipal, la capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos
necesarios para la gestión del citado servicio público encomendado mediante
las correspondientes Ordenanzas reguladoras de las tasas, contribuciones
especiales y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio, con
sometimiento al principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los
costes del servicio que se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá
conforme a lo previsto en sus respectivas normas de creación y en los
términos establecidos al amparo de lo dispuesto en el artículo 152 del
TRLRHL.
A tal fin, el Consorcio “MÁSMEDIO”, dentro del ámbito territorial sobre el
que ejerce sus competencias, establecerá y exigirá a los usuarios y
beneficiarios de los servicios encomendados las tasas, precios públicos y/o
CVE:
BOP-2023-974
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
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