Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-974)
BOP-2023-974 Encomienda de Gestión RSU Segura de Toro.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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tarifas vigentes en cada momento en la Ordenanza Fiscal correspondiente, así
como los recargos y las penalidades que reglamentariamente se establecen en
las ordenanzas fiscales y los reglamentos reguladores de organización y
funcionamiento del servicio encomendado.
A tal efecto, el AYUNTAMIENTO asume el compromiso de suprimir las
tasas, precios públicos o precios intervenidos relacionados con el servicio
objeto de la encomienda, y derogar las Ordenanzas Municipales que los
regulan, de modo que dichas derogaciones coincidan con la entrada en vigor y
aplicación para el municipio de la Ordenanza Fiscal que oportunamente se
establezca y de la tarifa que contemple, con el fin de evitar la duplicidad o
que se produzca un vacío normativo.
Estas tasas y/o tarifas, junto con las subvenciones institucionales y
cualesquiera otros ingresos que legalmente pudiera percibir el Consorcio
“MÁSMEDIO” deberán ser suficientes para cubrir los gastos de funcionamiento
del servicio.
La obligación de contribuir nacerá desde el momento en que se inicie la
prestación del servicio. A tal efecto, se considera que comienza la obligación
de contribuir cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio
encomendado, previa emisión del Acta de comprobación del servicio.
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y
régimen de compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación,
inspección y recaudación de la contraprestación que deberá abonar el
AYUNTAMIENTO, que tendrá naturaleza de ingreso de derecho público. Los
ejercicios de estas facultades serán delegadas en el Organismo Autónomo de
Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a
la compensación al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se
pudiera derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en
voluntaria haya vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la
Administración General del Estado incluyendo la participación municipal en
los Tributos del Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio “MÁSMEDIO”
tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
CVE:
BOP-2023-974
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5344
como los recargos y las penalidades que reglamentariamente se establecen en
las ordenanzas fiscales y los reglamentos reguladores de organización y
funcionamiento del servicio encomendado.
A tal efecto, el AYUNTAMIENTO asume el compromiso de suprimir las
tasas, precios públicos o precios intervenidos relacionados con el servicio
objeto de la encomienda, y derogar las Ordenanzas Municipales que los
regulan, de modo que dichas derogaciones coincidan con la entrada en vigor y
aplicación para el municipio de la Ordenanza Fiscal que oportunamente se
establezca y de la tarifa que contemple, con el fin de evitar la duplicidad o
que se produzca un vacío normativo.
Estas tasas y/o tarifas, junto con las subvenciones institucionales y
cualesquiera otros ingresos que legalmente pudiera percibir el Consorcio
“MÁSMEDIO” deberán ser suficientes para cubrir los gastos de funcionamiento
del servicio.
La obligación de contribuir nacerá desde el momento en que se inicie la
prestación del servicio. A tal efecto, se considera que comienza la obligación
de contribuir cuando esté establecido y en funcionamiento el servicio
encomendado, previa emisión del Acta de comprobación del servicio.
NOVENA. - Gestión y ejecución de ingresos de derecho público y
régimen de compensación de deuda.
Corresponderá al Consorcio “MÁSMEDIO” la gestión, liquidación,
inspección y recaudación de la contraprestación que deberá abonar el
AYUNTAMIENTO, que tendrá naturaleza de ingreso de derecho público. Los
ejercicios de estas facultades serán delegadas en el Organismo Autónomo de
Recaudación de la Diputación de Cáceres.
El AYUNTAMIENTO autoriza al Organismo Autónomo de Recaudación y
Gestión Tributaria, para que a partir del 1 de enero de cada año, proceda a
la compensación al Consorcio “MÁSMEDIO”, de la deuda municipal que se
pudiera derivar de las obligaciones contraídas, cuya fecha de pago en
voluntaria haya vencido, con cualquiera de las transferencias de fondos que la
Administración General del Estado incluyendo la participación municipal en
los Tributos del Estado, la Junta de Extremadura o el Consorcio “MÁSMEDIO”
tenga que realizar a su favor.
DÉCIMA. - Duración de la encomienda de gestión.
CVE:
BOP-2023-974
Verificable
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5344