Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-947)
BOP-2023-947 Bases convocatoria subvenciones federaciones 2023.
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EXCLUSIONES.
Quedan excluidas las Federaciones Deportivas de Extremadura que reciban subvenciones de
la Diputación Provincial de Cáceres, a través de concesión directa con la finalidad de organizar
el Trofeo Diputación de Cáceres y las actividades deportivas de la especialidad
correspondiente, en el ejercicio 2023, que estuvieran contempladas en el Plan Estratégico
aprobado por Resolución Presidencial de fecha 16 de diciembre de 2022.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres en el ejercicio 2023, en la aplicación 5.3411.48502, dotada con un
importe total de 100.000,00 €.
CUANTÍA.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de OCHO MIL EUROS, (8.000,00 EUROS).
La cuantía se concederá en función de la puntuación obtenida por las federaciones
seleccionadas a subvencionar.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.
Asimismo, el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria
en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones concedidas por otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o
privados, u otros ingresos o recursos que financien la actividad, supere los gastos previstos
para la realización del proyecto/actividad subvencionable.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, visto el
objeto de la convocatoria y como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
CVE:
BOP-2023-947
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5226
Quedan excluidas las Federaciones Deportivas de Extremadura que reciban subvenciones de
la Diputación Provincial de Cáceres, a través de concesión directa con la finalidad de organizar
el Trofeo Diputación de Cáceres y las actividades deportivas de la especialidad
correspondiente, en el ejercicio 2023, que estuvieran contempladas en el Plan Estratégico
aprobado por Resolución Presidencial de fecha 16 de diciembre de 2022.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación
Provincial de Cáceres en el ejercicio 2023, en la aplicación 5.3411.48502, dotada con un
importe total de 100.000,00 €.
CUANTÍA.
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de OCHO MIL EUROS, (8.000,00 EUROS).
La cuantía se concederá en función de la puntuación obtenida por las federaciones
seleccionadas a subvencionar.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.
Asimismo, el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria
en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones concedidas por otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o
privados, u otros ingresos o recursos que financien la actividad, supere los gastos previstos
para la realización del proyecto/actividad subvencionable.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, visto el
objeto de la convocatoria y como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
CVE:
BOP-2023-947
Verificable
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Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5226