Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-947)
BOP-2023-947 Bases convocatoria subvenciones federaciones 2023.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
5. Documentos acreditativos de los pagos efectuados, preferentemente adeudo bancario,
siendo éste el medio obligatorio para pagos iguales o superiores al límite legal establecido en el
art. 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y
presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las
actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. O en su caso, el "recibí" suscrito por el/a
contratista, proveedor/a, suministrador/a etc.
6. Memoria descriptiva y gráfica de las actividades realizadas, indicando, en su caso, fecha,
lugar de realización, número de participantes, fotografías, cartelería…
7. Documento acreditativo de la publicidad realizada donde deberán incluir además, en todo el
material de difusión y presentación de las actividades tales como carteles, lonas, anuncios y
cualquier otro formato utilizado, mención expresa de que las actividades están subvencionadas
o se realizan en colaboración con la Excma. Diputación de Cáceres, incluyendo el logotipo de
esta Diputación.
En este sentido los gastos subvencionables se acreditarán de la siguiente manera:
- Los gastos de personal (retribuciones del personal al servicio de la entidad, por su
importe íntegro, así como las aportaciones empresariales a la Seguridad Social) se
justificarán mediante la presentación de las nóminas correspondientes. En caso de
imputación por el importe íntegro/bruto, se deberá presentar, además de la nómina
correspondiente, justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social (modelos TC1 y
TC2) y/o modelo de ingreso de retenciones practicadas de IRPF en la Agencia Estatal
de Administración Tributaria (Modelos 111 y 190).
- Los gastos de suministros y servicios se justificarán mediante la presentación de
facturas / documentos presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no
requerirán compulsa, emitidas con todos los requisitos legales del R.D. 1619/2012, de
30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las
obligaciones de facturación. No se admitirán ticket de caja. En el supuesto de que la
operación que se documenta en la factura esté exenta de IVA, se detallará la referencia
a la disposición de la Ley del Impuesto en el que se indique que la operación está
exenta, con la indicación “operación exenta de IVA”.
En el caso de que los servicios subvencionables se suministrasen en virtud de un
contrato, deberán presentar además copia del mismo, o en su caso recibo del pago
efectuado al arrendador.
CVE:
BOP-2023-947
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de febrero de 2023
N.º 0035
Pág. 5240