Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2023-923)
BOP-2023-923 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno del Centro de Día.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Cualquier variación que afecte a la declaración de ingresos del/la residente deberá ponerlo en
conocimiento del Ayuntamiento. Anualmente, todos/as los/as usuarios/as presentarán un
justificante de los ingresos que perciben y lo entregarán al Ayuntamiento, en base a los cuales
se determinará su aportación para el año en curso.
La lista de precios, autorizada si procede por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales,
estará expuesta en el tablón de anuncios del centro para general conocimiento.
En los casos que procedan, se aplicará sobre los precios establecidos los impuestos vigentes.
El servicio completo del centro de día constará de desayuno, comida, cena y lavandería. Las
personas que hagan uso de alguno de estos servicios por separado, abonarán el precio público
que contemple la correspondiente Ordenanza.
En todo caso, se tendrán en cuenta las bonificaciones y exenciones contempladas en la
normativa vigente establecidas por la Consejería competente en materia de sanidad y
dependencia y se aplicarán previa justificación documental.
ARTÍCULO 11. ABONO DEL PRECIO PÚBLICO.
El abono del precio público se hará de forma ordinaria mediante domiciliación bancaria, por
meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, salvo en los casos de
nuevas altas, que lo abonarán al comienzo de la prestación del servicio, no obstante se estará
a lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora.
No está incluido en el precio de la estancia:
I) Todo material que precise el/la usuario/a para su uso personal: Silla de ruedas,
andadores, útiles de aseo personal, etc.
II) Los costes de las excursiones programadas por la entidad a las que el/la usuario/a
podrá acogerse de forma voluntaria.
III) Transporte y acompañamiento.
IV) Transporte y acompañamiento.
V) Otros servicios prestados por profesionales ajenos/as (Odontólogos/as,
Fisioterapeutas, Podólogo/a, etc.).
VI) Teléfono y análogos.
CVE:
BOP-2023-923
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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conocimiento del Ayuntamiento. Anualmente, todos/as los/as usuarios/as presentarán un
justificante de los ingresos que perciben y lo entregarán al Ayuntamiento, en base a los cuales
se determinará su aportación para el año en curso.
La lista de precios, autorizada si procede por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales,
estará expuesta en el tablón de anuncios del centro para general conocimiento.
En los casos que procedan, se aplicará sobre los precios establecidos los impuestos vigentes.
El servicio completo del centro de día constará de desayuno, comida, cena y lavandería. Las
personas que hagan uso de alguno de estos servicios por separado, abonarán el precio público
que contemple la correspondiente Ordenanza.
En todo caso, se tendrán en cuenta las bonificaciones y exenciones contempladas en la
normativa vigente establecidas por la Consejería competente en materia de sanidad y
dependencia y se aplicarán previa justificación documental.
ARTÍCULO 11. ABONO DEL PRECIO PÚBLICO.
El abono del precio público se hará de forma ordinaria mediante domiciliación bancaria, por
meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, salvo en los casos de
nuevas altas, que lo abonarán al comienzo de la prestación del servicio, no obstante se estará
a lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora.
No está incluido en el precio de la estancia:
I) Todo material que precise el/la usuario/a para su uso personal: Silla de ruedas,
andadores, útiles de aseo personal, etc.
II) Los costes de las excursiones programadas por la entidad a las que el/la usuario/a
podrá acogerse de forma voluntaria.
III) Transporte y acompañamiento.
IV) Transporte y acompañamiento.
V) Otros servicios prestados por profesionales ajenos/as (Odontólogos/as,
Fisioterapeutas, Podólogo/a, etc.).
VI) Teléfono y análogos.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 17 de febrero de 2023
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