Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-909)
BOP-2023-909 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para entidades de acción social en la ciudad de Cáceres para el año 2023.
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BASE DECIMOSÉPTIMA.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
La interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas bases
corresponde a la Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, que queda autorizada
para dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente convocatoria será aplicable la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de
julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ordenanza General de
Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres publicada en BOP Nº 184 de 27 de septiembre
de 2017 y la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Publicas.
CVE:
BOP-2023-909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
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