Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2023-908)
BOP-2023-908 Aprobación definitiva modificación de Ordenanza fiscal reguladora del servicio de Gimnasio Municipal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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d.
e.
f.
g.
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i.
e) Cualquier usuario/a tiene derecho a formular las reclamaciones y sugerencias que estime
oportunas por escrito ante la Alcaldía
Artículo 10.- Servicios deportivos.
Las instalaciones del gimnasio constan de los siguientes servicios:
Aseos, vestuarios y duchas.
Sala de aparatos.
Botiquín.
Los/as usuarios/as se regirán por las siguientes normas:
El abonado/a y usuario/a utilizará estas zonas para la función que ellas mismas
definen.
Se respetarán en todo momento las indicaciones del personal responsable del
Ayuntamiento
Ayudará a mantener la instalación limpia, utilizando las papeleras que se hallan
repartidas por las diferentes zonas
Deberá respetar y cuidar en todo momento el equipamiento, mobiliario, etc…
Deberá guardar la debida compostura y decencia, respetando a los demás
abonados/as y usuarios/as en su faceta social y deportiva.
Para poder acceder al gimnasio hay que estar al corriente de pagos.
Por higiene, será obligatorio el uso de toalla, que se colocará sobre las máquinas
antes de utilizarlas.
Después de utilizar el material, se dejará en su sitio.
No podrán acceder al gimnasio los menores de 15 años. En edades comprendidas
entre 15 y 17 años será necesario presentación previa de autorización de los padres o
tutores de los menores, en la que excusarán al Ayuntamiento de cualquier
responsabilidad derivada de la utilización de máquinas, útiles o aparatos existentes en
el Gimnasio.
Por otro lado, en el supuesto de que algún menor de 15 años solicite usar las instalaciones del
Gimnasio por prescripción médica, cabría la posibilidad de estudiar el caso. Tras justificar
documentalmente dicha prescripción, junto con el consentimiento de los padres o tutores del
menor, se podría dar una autorización provisional para el uso de las máquinas o elementos
recomendados para cada caso concreto.
CVE:
BOP-2023-908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5090
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e) Cualquier usuario/a tiene derecho a formular las reclamaciones y sugerencias que estime
oportunas por escrito ante la Alcaldía
Artículo 10.- Servicios deportivos.
Las instalaciones del gimnasio constan de los siguientes servicios:
Aseos, vestuarios y duchas.
Sala de aparatos.
Botiquín.
Los/as usuarios/as se regirán por las siguientes normas:
El abonado/a y usuario/a utilizará estas zonas para la función que ellas mismas
definen.
Se respetarán en todo momento las indicaciones del personal responsable del
Ayuntamiento
Ayudará a mantener la instalación limpia, utilizando las papeleras que se hallan
repartidas por las diferentes zonas
Deberá respetar y cuidar en todo momento el equipamiento, mobiliario, etc…
Deberá guardar la debida compostura y decencia, respetando a los demás
abonados/as y usuarios/as en su faceta social y deportiva.
Para poder acceder al gimnasio hay que estar al corriente de pagos.
Por higiene, será obligatorio el uso de toalla, que se colocará sobre las máquinas
antes de utilizarlas.
Después de utilizar el material, se dejará en su sitio.
No podrán acceder al gimnasio los menores de 15 años. En edades comprendidas
entre 15 y 17 años será necesario presentación previa de autorización de los padres o
tutores de los menores, en la que excusarán al Ayuntamiento de cualquier
responsabilidad derivada de la utilización de máquinas, útiles o aparatos existentes en
el Gimnasio.
Por otro lado, en el supuesto de que algún menor de 15 años solicite usar las instalaciones del
Gimnasio por prescripción médica, cabría la posibilidad de estudiar el caso. Tras justificar
documentalmente dicha prescripción, junto con el consentimiento de los padres o tutores del
menor, se podría dar una autorización provisional para el uso de las máquinas o elementos
recomendados para cada caso concreto.
CVE:
BOP-2023-908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
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