Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2023-908)
BOP-2023-908 Aprobación definitiva modificación de Ordenanza fiscal reguladora del servicio de Gimnasio Municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Entrada Individual/día: 1,50 €
Abono mensual: 15,00 €
Abono trimestral: 35,00 €
Las solicitudes de abono realizadas entre el 1 y el 15 del mes pagarán el mes completo y las
realizadas entre el 16 y el 30, pagarán medio mes.
En el caso de los abonos trimestrales, sólo podrán realizarse por trimestres naturales.
El pago de las tasas se realizará en metálico, en la taquilla del gimnasio, al personal
encargado, quien hará entrega a su vez del debido justificante.
Los/as abonados/as habrán de rellenar la correspondiente solicitud, en modelo oficial, todo ello
con antelación a la fecha de comienzo.
El Ayuntamiento admitirá las solicitudes siempre que no se encuentre completo el aforo.
Artículo 8.- Vigilancia y control.
En cualquier actividad que se desarrolle en el gimnasio, el Ayuntamiento ejercerá la necesaria
intervención administrativa, el control, la vigilancia y cuantas funciones impliquen ejercicio de
autoridad y sean de su competencia.
Considerando que las instalaciones admiten un aforo límite de personas, el Ayuntamiento
podrá impedir el acceso a más usuarios/as una vez superado dicho aforo.
Mediante Resolución de la Alcaldía motivada, se fijará el horario de utilización, así como el
cierre por vacaciones o reparaciones, haciéndolo público mediante bandos y carteles
informativos.
Artículo 9.- Derechos y obligaciones.
a) No se permite fumar ni comer dentro del recinto, ni introducir y utilizar cualquier elemento de
vidrio u otro material astillante o cortante.
b) No se permite la entrada de animales dentro de las instalaciones.
c) El Ayuntamiento de Acehúche no se hace responsable de las pérdidas o sustracciones que
se produzcan en el recinto. Se recomienda no llevar objetos de valor.
d) Los/as usuarios/as tienen derecho a utilizar el gimnasio conforme a su naturaleza, las
actividades autorizadas y las normas establecidas en la presente Ordenanza.
CVE:
BOP-2023-908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5089
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Entrada Individual/día: 1,50 €
Abono mensual: 15,00 €
Abono trimestral: 35,00 €
Las solicitudes de abono realizadas entre el 1 y el 15 del mes pagarán el mes completo y las
realizadas entre el 16 y el 30, pagarán medio mes.
En el caso de los abonos trimestrales, sólo podrán realizarse por trimestres naturales.
El pago de las tasas se realizará en metálico, en la taquilla del gimnasio, al personal
encargado, quien hará entrega a su vez del debido justificante.
Los/as abonados/as habrán de rellenar la correspondiente solicitud, en modelo oficial, todo ello
con antelación a la fecha de comienzo.
El Ayuntamiento admitirá las solicitudes siempre que no se encuentre completo el aforo.
Artículo 8.- Vigilancia y control.
En cualquier actividad que se desarrolle en el gimnasio, el Ayuntamiento ejercerá la necesaria
intervención administrativa, el control, la vigilancia y cuantas funciones impliquen ejercicio de
autoridad y sean de su competencia.
Considerando que las instalaciones admiten un aforo límite de personas, el Ayuntamiento
podrá impedir el acceso a más usuarios/as una vez superado dicho aforo.
Mediante Resolución de la Alcaldía motivada, se fijará el horario de utilización, así como el
cierre por vacaciones o reparaciones, haciéndolo público mediante bandos y carteles
informativos.
Artículo 9.- Derechos y obligaciones.
a) No se permite fumar ni comer dentro del recinto, ni introducir y utilizar cualquier elemento de
vidrio u otro material astillante o cortante.
b) No se permite la entrada de animales dentro de las instalaciones.
c) El Ayuntamiento de Acehúche no se hace responsable de las pérdidas o sustracciones que
se produzcan en el recinto. Se recomienda no llevar objetos de valor.
d) Los/as usuarios/as tienen derecho a utilizar el gimnasio conforme a su naturaleza, las
actividades autorizadas y las normas establecidas en la presente Ordenanza.
CVE:
BOP-2023-908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de febrero de 2023
N.º 0034
Pág. 5089