Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejón El Rubio. (BOP-2023-900)
BOP-2023-900 Bases de estabilización de empleo temporal.
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a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57
del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación que se especifica para cada plaza en el Apartado
“titulación” de la Tabla de la Base primera.
f) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B y acreditar mediante
declaración jurada que goza de medios para desplazarse en vehículo propio al momento
de la presentación de la instancia.
Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades
que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y
abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y
explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal
efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá
acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del
Registro Central de delincuentes sexuales; de conformidad con el artículo 13 de la Ley
Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.
TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias
Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases
generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se
presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Junto con la solicitud, se presentará:
2
Cód.
Validación:
6MNW9EAFMJESQMHEMYEHPRXCP
|
Verificación:
https://torrejonelrubio.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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BOP-2023-900
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de febrero de 2023
N.º 0033
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