Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2023-840)
BOP-2023-840 Bases por las que se regirá la provisión de una plaza de Cocinero/a.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
C) Los documentos acreditativos de la titulación exigida.
D) Autoliquidación y acreditación del pago la tasa.
E) Relación numerada de los méritos alegados conforme al modelo incorporado como
anexo en cada convocatoria.
F) Documentos acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso,
ordenados según conste en la relación numerada.
Los méritos se computarán con referencia al último día de plazo establecido para la
presentación de instancias.
SEXTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1. Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo de máximo de seis meses, la
Alcaldía dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as, con expresión en este último caso del motivo de exclusión. La lista provisional,
con los/as aspirantes identificados/as según su documento nacional de identidad o análogo
para los de nacionalidad extranjera, será objeto de publicación en el Tablón de anuncios y la
sede electrónica del Ayuntamiento de Casas del Castañar.
2. Las personas excluidas, las que no consten en relación por omisión o quienes observaren
algún error en los datos publicados, podrán formular reclamación dentro del plazo de diez días
hábiles siguientes a la publicación de las relaciones.
a) En caso de que no se presente reclamación alguna, el listado provisional, se
entenderá automáticamente elevado a definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo.
b) En caso, de que se presenten reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública en la misma
forma que la relación provisional.
3. Los errores materiales o de hecho podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o
a petición del/a interesado/a. Esta circunstancia será aplicable a aquellos/as aspirantes que
presentaron la instancia, y cumpliendo los requisitos, por error han sido omitidos en las
relaciones anteriores.
4. En el supuesto anterior, y en caso de haberse presentado recurso administrativo frente a la
exclusión, y a la fecha de celebración de la primera prueba no se hubieran resuelto el error o
los recursos interpuestos, las personas aspirantes que figuren como excluidas del proceso
CVE:
BOP-2023-840
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
Pág. 4760