Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2023-839)
BOP-2023-839 Bases por las que se regirá la provisión de nueve Plaza de Gerocultor/a.
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la Presidencia de la Corporación en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, conforme a lo
dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contado en
ambos supuestos desde el día siguiente al de su publicación.
2. Contra las resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada
ante la Presidencia de la Corporación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o
notificación.
DISPOSICIÓN FINAL.
El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se presenten en la interpretación de
estas bases, rigiéndose en lo no previsto en ellas por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a
Público/a TREBEP-; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -
LRBRL-; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen - TRRL-; el Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas -LPACAP-.; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público LRJSP-; la reglamentación que para el ingreso en la función pública
ha establecido la Comunidad Autónoma de Extremadura y, supletoriamente, por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, así como por cuantas otras disposiciones complementarias vigentes pudieran resultar
de aplicación.
CVE:
BOP-2023-839
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
Pág. 4749
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, conforme a lo
dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contado en
ambos supuestos desde el día siguiente al de su publicación.
2. Contra las resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión, se podrá interponer recurso de alzada
ante la Presidencia de la Corporación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación o
notificación.
DISPOSICIÓN FINAL.
El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se presenten en la interpretación de
estas bases, rigiéndose en lo no previsto en ellas por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a
Público/a TREBEP-; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -
LRBRL-; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen - TRRL-; el Real
Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas -LPACAP-.; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público LRJSP-; la reglamentación que para el ingreso en la función pública
ha establecido la Comunidad Autónoma de Extremadura y, supletoriamente, por el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Estado, así como por cuantas otras disposiciones complementarias vigentes pudieran resultar
de aplicación.
CVE:
BOP-2023-839
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
Pág. 4749