Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Castañar. (BOP-2023-839)
BOP-2023-839 Bases por las que se regirá la provisión de nueve Plaza de Gerocultor/a.
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DUODÉCIMA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS, Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
1. La Alcaldía, procederá mediante resolución motivada a la publicación de la relación definitiva
de aprobados/as en el Tablón de Anuncios/sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín
Oficial de la Provincia, a los efectos de inicio del cómputo del plazo previsto en la base
siguiente.
Esta relación, también ira acompañada de la propuesta ordenada para la constitución de una
bolsa de trabajo restringida con el único fin de poder sustituir a la persona que haya sido
contratada si se encontrase ausente.
2. Los/as aspirantes que se encuentre en la relación de aprobados/as presentarán, dentro del
plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la relación de aprobados, los
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria:
a) DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del/a cónyuge, de españoles/as o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del/a español/a o del nacional de la Unión Europea con el que existe
este vínculo, de que no está separado/a de derecho de su cónyuge.
c) Original del título exigido en las bases específicas. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su
homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/las nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso
a la función pública.
CVE:
BOP-2023-839
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de febrero de 2023
N.º 0031
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